20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Por la identidad de género plena

La Asesoría General Tutelar porteña promovió la plena aplicación de la Ley de Identidad de Género en la Ciudad al establecer un criterio general de actuación para garantizar el derecho al reconocimiento de la identidad de género de niñas, niños y adolescentes. También incluye a personas afectadas en salud mental.

 

Los integrantes del Ministerio Público Tutelar deberán adecuar su accionar a un criterio general de actuación elaborado por la Asesora General, Laura Musa, para garantizar el derecho al reconocimiento de la identidad de género de niñas, niños y adolescentes, así como de personas afectadas en su salud mental, cuando ellos/as así lo requieran.

El criterio quedó plasmado en la resolución 169/12 de la Asesoría General Tutelar (AGT), ala que tuvo acceso DiarioJudicial.com y, en efecto, con ello se reglamenta la aplicación de la Ley Nacional de Identidad De Género Nº 26.743 en el marco de la competencia del Ministerio Publico Tutelar.

Además, la AGT solicitó al Gobierno porteño que “comunique qué medidas concretas tomará para hacer efectivo este derecho y qué hará para remover todas las barreras administrativas o fácticas al acceso a los servicios de salud y registrales”.

Según destacó Laura Mussa, “se apunta principalmente a que el Ministerio Público Tutelar se constituya en un lugar de consulta para personas menores de edad y que se las acompañe y patrocine en los casos en los cuales no haya adecuada respuesta por parte de los efectores de las políticas públicas de la Ciudad, particularmente en relación con prácticas médicas y cambios registrales y documentales”.

Al tiempo que sostuvo que se aspira a “remover los obstáculos que pudieran presentar actores privados, como las prestadoras de servicios de salud”, dijo la asesora tutelar porteña.

Los integrantes del Ministerio Público Tutelar porteño ante toda intervención judicial o extrajudicial deberán “consulta a la niña, niño o adolescente, y promover y acompañar su decisión autónoma” con “expresa conformidad durante todo el proceso”.

De igual manera deberán “abstenerse de obstaculizar el derecho al reconocimiento de la identidad de género”, consigna la resolución, y en todas sus intervenciones “respetarán la confidencialidad de los datos sobre la niña, niño o adolescente peticionante” y ofrecer la posibilidad de “contar con asistencia del abogado/a del/a niño/a”.

Asimismo, según destacaron desde la AGT “frente a las consultas, el Ministerio Público Tutelar brindará información completa y detallada en los términos de la ley sobre el ejercicio de este derecho humano, y promoverá todas las medidas judiciales y extrajudiciales que fueran necesarias”.

 



dju
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