20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

La cautelar não tein fim

La Cámara en lo Civil y Comercial Federal prorrogó la medida cautelar a favor del grupo Clarín que suspendía el plazo para la aplicación de dos artículos de la Ley de Medios "hasta que haya sentencia definitiva". Por su parte, distintas organizaciones de jueces reaccionaron a las presiones que recibió el Poder Judicial a raíz de este tema. Habló Cabral.

 

El fallo, que saló cuando faltaban horas para el “fatídico” 7 D, fue firmado por los camaristas Francisco de las Carreras y María Susana Najurieta, implica que los artículos 45 y 161, que se refieren a la desinversión y posesión de licencias de medios audiovisuales de la Ley de Medios, no entrarán en vigencia hasta tanto haya una sentencia definitiva sobre su constitucionalidad.

Todavía falta que corra mucha agua bajo el puente. Primero deberá fallar el juez en lo Civil y Comercial Federal Horacio Alfonso, y luego, seguramente, entenderá la Cámara y después la Corte. Mientras tanto, de acuerdo con el fallo de hoy, la cautelar seguirá vigente.

Según la sentencia "el levantamiento de la suspensión cautelar" que vencía el 7 de diciembre "causaría un perjuicio irreparable" para el Grupo Clarín "pues frustraría los efectos de una eventual decisión futura, en la hipótesis de resultar ésta favorable a las pretensiones de las demandantes".

"Corresponde admitir lo solicitado prorrogando la vigencia de la medida cautelar hasta que se dicte la sentencia definitiva en la causa, a fin de no alterar significativamente las circunstancias y asegurar la utilidad, oportunidad y eficacia del fallo que habrá de recaer en los autos principales".

Cabe destacar que el juez De las Carreras fue denunciado penalmente por el Gobierno. Por eso dedicó un párrafo de la sentencia a afirmar que actuó con "la debida imparcialidad inherente al ejercicio de la función jurisdiccional" y "con tranquilidad de espíritu y de
conciencia". "Me permito manifestar que estoy convencido de que la sana convivencia social entre los argentinos se sustenta en el respeto de dos de los pilares básicos y fundamentales del sistema republicano: la división de poderes y la independencia judicial" escribió.

La reacción de los jueces


El Gobierno venía encendido: las acusaciones contra la magistratura incluían cuestionamientos del orden constitucional, de la falta de apego de ciertos jueces a las normas, a leyes parlamentarias. Se habló de falta de responsabilidad, e inclusive, el ministro de Justicia, Julio Alak, precisó que se trata de un “alzamiento contra la Ley”.

Este miércoles, en una conferencia donde participaron consejeros de la Magistratura del oficialismo junto al titular de la cartera de Justicia, se lanzaron cuestionamientos a los jueces que deben intervenir acerca de la constitucionalidad de la Ley de Medios. La discusión es de larga data, y a horas del mentado 7D, los ánimos provocaron cruces entre la Justicia y el
Ejecutivo que no reconocieron límites.

Teniendo en consideración estas opiniones abiertamente críticas hacia los jueces, la Comisión Nacional de Protección de la Independencia Judicial, junto a la Junta Federal de Cortes y Tribunales Superiores de las Provincias Argentinas y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (JUFEJUS), la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional (AMFJN), y la
Federación Argentina de la Magistratura (FAM), emitieron un comunicado de respuesta.

En ese orden, desde la Comisión y las organizaciones adherentes expresan la preocupación Transmitida por jueces y juezas de todo el país, entendiendo que las expresiones de Alak constituyen una agresión “institucional” a uno de los poderes del Estado.

Luis María Cabral, quien fue reelecto recientemente al frente de la AMFJN, dialogó con Diario Judicial respecto de este intercambio, y opinó que “realmente hay conceptos errados en el planteamiento que se hizo porque, justamente, los jueces estamos a cargo de interpretar las normas, siempre con arreglo a los principios constitucionales que rigen nuestro sistema”.

En este orden de ideas, el titular de la Asociación explicó que “las formas utilizadas en la conferencia dejan en evidencia el error conceptual en relación a la función que cada poder tiene, y en este caso creo que se constituyó una forma de expresión inadecuada”.

Entre estas cuestiones, Cabral destacó que “los límites del ejercicio de cada uno de los poderes están en la Constitución Nacional. No puedo especular acerca de lo que va a suceder, por eso me parece que es importante dejar bien en claro cuáles son las injerencias de cada poder, para evitar cualquier tipo de confusión o interpretación errónea en este respecto”.

Para concluir, el magistrado destacó: “Los jueces no gobernamos ni queremos hacerlo, pero entendemos a su vez que no nos pueden venir a decir desde afuera cómo debemos desarrollar nuestra labor dentro del Poder Judicial”.

Dentro de los puntos destacados dentro del comunicado, la Comisión exhortó “a las autoridades competentes para que se cubran los cargos de tribunales vacantes en tiempo oportuno, mediante el procedimiento adecuado”.

Reiteró la exhortación al Poder Ejecutivo Nacional “a cumplir estrictamente con el artículo 109 de la Constitución Nacional y a ejercer sus facultades como poder del estado dentro del marco de las reglas procesales, evitando el uso de mecanismos directos o indirectos de presión sobre los jueces que afecten su independencia”.

El pedido se hizo extensivo a “los demás poderes públicos del estado, para que no avancen en la modificación de legislaciones locales en perjuicio de la estabilidad de los magistrados”.

Se realizaron exhortaciones en este sentido a “titulares de medios de comunicación públicos y privados a ejercer el derecho de crítica sobre la base de opiniones y argumentaciones, evitando el agravio personal o familiar, siendo mesurados y prudentes al imputar faltas éticas o criminales que luego quedan en la nada, pero que lesionan gravemente a las personas y sus
familias”, y a los medios de comunicación a “promover el debate democrático de ideas”.

La Comisión también solicitó, “teniendo en cuenta la protección constitucional de la libertad de expresión, la pluralidad de voces que promueve la ley 26.522 y el carácter público de los medios oficiales, al Poder Ejecutivo Nacional, a la Jefatura de Gabinete y al Titular de la AFSCA, que se habiliten espacios en los horarios y noticieros centrales de la televisión pública para que el Poder Judicial pueda expresar opiniones a través de su agencia de noticias, así como la difusión de videos institucionales en programas de difusión pública”.



dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486