21 de Noviembre de 2024
Edición 7096 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 22/11/2024
Un caso insólito en Suiza

No hay pena que dure 700 años

La Justicia suiza resolvió que una familia estaba eximida de pagar el mantenimiento de una lámpara de fuego perteneciente a una iglesia de ese país. La pena fue asignada a los descendientes de un hombre acusado de matar a otra persona, y por ello debían encargarse de la lámpara “por los siglos de los siglos”.

 

“No hay mal que dure cien años”, reza un conocido refrán. Para la Justicia suiza, al parecer, tampoco hay penas que deban durar eternamente. Por eso, desestimó una sentencia de varios siglos de antigüedad en la que una familia era obligada a comprar los elementos necesarios para mantener una lámpara de fuego de una iglesia.

Esta condena surgió cuando uno de los miembros de la familia, en el siglo XIV, fue condenado por asesinar a otro hombre y, de esta forma, la Justicia helvética de entonces resolvió que su familia debía hacerse cargo del mantenimiento de la lámpara. Y así lo hizo durante 655 años.

La condena que se estableció entonces estipulaba que los parientes del acusado debían realizar los pagos correspondientes “por los siglos de los siglos”, como si se tratara de un cuento o una historia fantástica.

La historia comenzó con Konrad Mueller, quien mató a Heinrich Stucki. Para pagar su crimen y evitar venganzas, la parroquia de una localidad llamada Naefels le cobró 70 francos suizos anuales a los dueños del campo donde vivía el asesino. Por supuesto, la tierra siempre perteneció a su familia que la heredó de generación en generación.

El monto, que equivale a unos 76 dólares, era abonado porque, de lo contrario, la familia del muerto intentaría vengarse de los parientes de Mueller.

La historia había pasado al olvido y, sin embargo, el dinero seguía abonándose mes tras mes, manteniendo de esta forma uno de los santuarios de la iglesia de la localidad. Se compraban aceite y velas.

Más allá de la tradición, la iglesia quiso registrar el acuerdo ante la Municipalidad. Pero eso no fue pasado por alto de parte de los parientes de Mueller, dado que el acuerdo original implicaba que si no se pagaba el dinero la familia sería expropiada de sus tierras. Por eso el conflicto pasó a manos de la Justicia.

Entonces, un tribunal local determinó que no debía pagarse más esa cuota dado que las prácticas del siglo XIV dejaron de ser válidas con la reforma del sistema de préstamos, a mediados del siglo XIX.
 



dju

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486