El Procurador Penitenciario de la Nación (PPN), Francisco Mugnolo, solicitó a la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, que evaluara la posibilidad de establecer una “interpretación amplia” del estìmulo educativo con respecto a los reclusos en las cárceles.
En concreto se trata del artículo 140 de la Ley la Ley 24.660 de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad, de estímulo educativo, a fin de minimizar el encierro de las personas detenidas que culminan con éxito tramos relevantes de su educación formal.
Según explicaron desde la Procuración, “el artículo 140 de la Ley 24.660 permite a las personas privadas de libertad atenuar el rigor de su encierro carcelario si estudian y concluyen con éxito tramos relevantes de su formación”.
“El texto legal no es asertivamente expreso acerca de la posibilidad de extender este estímulo respecto de los institutos de las salidas transitorias, la libertad condicional o la libertad asistida y ello ha generado interpretaciones contradictorias en los tribunales, limitando el impacto de la le”, explicaron desde la Procuraciòn Penitenciaria.
Asimismo se mostraron de acuerdo con “el criterio de interpretación” del instituto que toman “las Salas I, II y IV de la Cámara Federal de Casación Penal” ya que “extiende la aplicación del artículo 140 a todos los institutos de la ejecución penal”.
Aunque advierten que “otros magistrados, como la sala III de la Casación, y algunas fiscalías, entre ellas, la Fiscalía Nacional de Ejecución Penal, hacen una lectura restrictiva del instituto”. El Procurador Penitenciario notò que “las divergencias de criterio... generan situaciones contradictorias y postergan innecesariamente la resolución de los pedidos de los y las internas”.
Para el Procurador, “sería valioso que ante la diversidad de posiciones los fiscales establecieran un criterio de actuación homogéneo, en línea con el criterio mayoritario del tribunal de Casación hoy y con la posición amplia que defiende esta oficina”.
Ello puesto que “sería una contribución para la realización del ideal resocializador de la pena, en el sentido más favorable a la educación y la reinserción social, consagrando una interpretación amplia de los derechos en juego y evitando recursos y dispendio jurisdiccional”, dijo.