22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

Apelan la condena dictada contra Arancibia Clavel

La defensa del único condenado por el asesinato del general chileno Carlos Prats y su esposa interpuso un recurso de Casación y aseguró que el tribunal oral no tuvo certeza de su participación.

 
La defensa de Enrique Lautaro Arancibia Clavel, único condenado por el doble crimen del ex jefe del Ejército chileno Carlos Prats y su esposa Sofia Cuthbert, en 1974, presentó un recurso de Casación ante el Tribunal Oral 6 argumentando que no existió “certeza” por parte de sus integrantes respecto de la participación de su cliente en el atentado.

"Para condenar a una persona tiene que haber una certeza. En este caso no es así", afirmó Enrique Terrarosa, uno de los abogados defensores de Arancibia Clavel, al fundar el recurso de casación que se presentó ante el Tribunal Oral.

Arancibia Clavel fue condenado a la pena de reclusión perpetua al término de un prolongado juicio oral en el que se ventilaron las actividades de la llamada DINA-Exterior, en las que se inscribe el crimen de Prats, en el marco del denominado “Plan Condor”.

De acuerdo con las pruebas y testimonios recogidos durante las audiencias Arancibia habría actuado como agente de la policía secreta del régimen pinochetista, preparando el terreno para el atentado, que estuvo a cargo del ex miembro de la CIA., el norteamericano Michael Townley. Este último, al declarar en los Estados Unidos ante la jueza argentina María Servini de Cubría trató de desincriminar a Arancibia, con quien trabó amistad, y sus dichos fueron incorporados por lectura al expediente.

En su presentación de 104 carillas, la defensa del condenado hizo notar que los dichos desincriminatorios de Townley no fueron tenidos en cuenta por el tribunal.

La Casación deberá establecer si las sentencias están ajustadas a derecho y no se han vulnerado principios legales al dictarlas, instancia para la cual el Tribunal Oral tiene un plazo de tres días hábiles para determinar si concede el recurso. En todo caso los defensores irán en queja si el reclamo le es denegado.

Otros de los defensores, el ex juez Eduardo Gerome, sostuvo –en declaraciones al diario chileno El Mercurio—que la sentencia "no dice cuál fue la actividad concreta de Arancibia vinculada al crimen. ¿Por qué? Porque no la hay".

"Tal es así que hay algunos párrafos del voto de mayoría donde los jueces dicen que hacen un esfuerzo para establecer su condición de partícipe necesario. Ellos mismos lo reconocen. Esto es una violación total. Va en contra de todos los principios lógicos".

También indicó que "se han dejado de lado las declaraciones de Townley. Se lo ha parcializado. Se lo utiliza para pedir las extradiciones desde Chile. Sin embargo, cuando dice que Arancibia no tienen nada que ver, se lo deja de lado".

En esta misma línea, Gerome dice que el tribunal no valoró las múltiples pruebas presentadas por la defensa, que mostrarían que Arancibia no tuvo que ver con el crimen y sostuvo que "el delito de asociación ilícita es instantáneo. Es independiente de los delitos concretos que se cometen después". Y en ese momento la ley vigente establecía pena de 1 mes a 10 años de prisión. En la hipótesis que él hubiera cometido el delito, afirmó, "ese delito estaría prescrito", al reclamar la aplicación de la ley más benigna.

Para los abogados querellantes, en cambio, la asociación ilícita es un delito cuya autoría cesa en el momento en que desaparece el grupo, cosa que ocurrió años después de lo afirmado por la defensa.



dju / dju
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