La Corte Suprema intimó a la provincia de Formosa y al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) para que en cinco días reformule un cronograma de trabajo de “ejecución centralizada” para realizar el relevamiento de tierras de la comunidad Potae Napocna Navogoh de “La Primavera”, en Formosa.
La Corte Suprema suspendió el inició del relevamiento territorial previsto para este miércoles en la comunidad Potae Napocna Navogoh de “La Primavera” en Formosa y ordenó a la provincia y al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) a que reformulen el cronograma de trabajo.
Se trata de dos resoluciones emitidas por el máximo tribunal el 2 de julio pasado en el marco de la causa “Comunidad Indígena Toba La Primavera - Navogoh c/ Formosa, Provincia de y otros s/ medida cautelar” por la que se realizó una audiencia en mayo pasado con el objetivo de acelerar el relevamiento en la zona, y comprometieron al estado provincial y al organismo nacional a realizar estos estudios.
Sin embargo, en sus presentaciones ante el máximo tribunal el estado provincial y el INAI informaron que “las tareas de relevamiento comenzarían en el departamento de Ramón Lista, continuarían en los departamento Bermejo y Matacos, y luego por las comunidades de la ruta 81”. Es decir que lo último en la lista es precisamente el objeto de la causa, los territorios ancestrales de la comunidad de “La Primavera”.
Es precisamente por ello que la Corte Suprema suspendió la reunión prevista para este 3 de julio en la comunidad y en la que se pretendía “iniciar y planificar las tareas operativas del relevamiento técnico, jurídico y catastral en la comunidad” ya que es de “especial relevancia la necesidad de concretar el relevamiento técnico-jurídico-catastral de la situación dominial de las tierras” en donde está la comunidad Potae Napocna Navogoh puesto que “es un presupuesto ineludible para ingresar en el exámen” de la causa.
Por ello el máximo tribunal “intimó” a la provincia de Formosa y al INAI a que modifiquen el cronograma en un plazo de cinco días hábiles y se “realice en primer término el relevamiento del territorio ocupado por la actora” a través de una “ejecución centralizada”, diseñada por el INAI.
De no cumplir con ello, la Corte Suprema tomará “las medidas que resulten necesarias para su concreción en el plazo de tres meses”.
Por otra parte, el Máximo Tribunal requirió a la provincia de Formosa que también en 10 días informe sobre quien ejerce la autoridad de la “Asociación Civil Comunidad Aborigen La Primavera”, asociación presuntamente liderada por Cristino Sanabria, integrante de la comunidad que estaría ligado al gobernador de la provincia.
Afuera del proceso la Universidad de Formosa
En otro orden de cosas el tribunal apartó a la Universidad de Formosa del proceso puesto que “no tiene ninguna injerencia en el inmueble en cuestión” al “no ser titular de la relación jurídica sustancial que da motivo de la controversia” por lo que “corresponde apartarla del proceso”.
Ello puesto que en 2010 se cedieron tierras al Instituto Universitario de Formosa, un organismo creado en la órbita del Estado local pero descentralizado de la Administración Pública Provincial, con autonomía académica y dependencia funcional del Poder Ejecutivo provincial.
“Consideramos que se trata de dos resoluciones muy importantes para nosotros quienes venimos pidiendo que se releven nuestros territorios pero no de cualquier forma ni a las apuradas”, explicaron desde el blog que posee la comunidad Potae Napocna Navogoh.