22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

La firma falsa va al fuero Correccional

La Cámara del Crimen consideró que deber ser la Justicia Criminal y Correccional la que investigue un caso en el cual se falsificó una firma en un contrato de alquiler. 

 

La sala IV de la Cámara del Crimen, con las firmas de Carlos Alberto González y Alberto Seijas, considerò que una causa en la que se investiga la falsificación de una firma en un contrato de alquiler debe seguir en la Justicia Correccional.

Se trata de la causa “S., O. s/competencia” en la que se investiga la adulteración de la firma de una garante en el marco de un contrato de locación de alquiler, en el que luego de unos meses el locatario dejó de pagar el canon pactado.

Segùn consigna el expediente “durante el primer año…abonó regularmente los cargos convenidos al celebrar la locación de su inmueble, siendo con posterioridad a ello que se verificaron los incumplimientos denunciados”.

En la causa se dio un conflicto de competencia entre el Juzgado de Instrucción N° 22 y el Juzgado Correccional N° 9 pero los camaristas consideraron que “no se verifica en el caso un supuesto de estafa que habilite la intervención de la justicia de instrucción”.

Ya que, explican los jueces, “con independencia de que se hubiera falsificado la firma… para hacerla figurar como garante de la operación, no es posible considerar que al suscribir el contrato se hubiera procurado que S. realizara una disposición patrimonial perjudicial para sí, en tanto la satisfacción del canon locativo durante el primer tramo del convenio así lo exhibe”.

Los jueces citaron doctrina en la que se sostiene que “el autor debe querer llevar a cabo la conducta engañosa para producir error en otra persona y para que ésta realice una disposición patrimonial lesiva para sus propios intereses o para los de un tercero…”.

“El dolo debe concurrir en el momento de la realización del tipo, careciendo de relevancia el que se manifieste con anterioridad a la conducta o posteriormente…”, culmina la cita realizada por los magistrados.

Por todo ello, los camaristas sostuvieron que debe ser el fuero correccional el que debe seguir tramitando la causa “circunscribiéndose la hipótesis investigada a la falsedad documental”.

 



dju
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cámara del crimen penal

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