La violencia institucional es recurrente en el ámbito de la Justicia bonaerense. Se han llevado a cabo muchos debates en este sentido, y sobre todo, en orden al uso de la prisión preventiva y los casos que se presentan por esta situación: personas que contraen enfermedades, que son atacadas mientras esperan una resolución de parte del Poder Judicial.
En orden a estas cuestiones, la Dirección del Registro Único de Detenidos realizó un señalamiento que ya había sido puesto de manifiesto hace algunos meses: la demora que existe para tratar los casos que lleva el Tribunal Criminal 1 de La Plata.
Por este motivo, la Suprema Corte de Buenos Aires (SCBA) determinó a través de una resolución a instar a los jueces del Tribunal a que “adopten las acciones que corresponden a los fines de corregir las situaciones observadas y señaladas en los considerandos (de la resolución) sobre la gestión de audiencias de debate”.
El motivo de la queja del organismo que llevó a cabo la queja fue precisamente ese: que no se realizaban audiencias en causas que ya habían sido radicadas ante el Tribunal hacía más de tres años. Causas donde, por ejemplo, los imputados se encontraban cumpliendo prisión preventiva o alguna otra medida de “morigeración”.
Desde la Dirección del Registro Único de Detenidos alegaron que “de la agenda de debates programados por el Tribunal con imputados detenidos, se advierte: un promedio de dos años para la fijación de la fecha de debate para personas procesadas con auto de prisión preventiva; la agenda con debates fijados hasta el mes de diciembre de 2015; causas radicadas en el Tribunal con más de tres años que aún no cuentan con fecha de designación de audiencia, encontrándose el procesado detenido o con alguna medida de morigeración”.
Los integrantes del Máximo Tribunal provincial consideraron que “ante la situación informada corresponde requerir a sus titulares se instrumenten medidas concretas dirigidas a reprogramar, depurar y definir criterios de prioridad para la designación y fijación de audiencias de debates, contemplando las situaciones antes mencionadas”.
Al mismo tiempo, los miembros de la SCBA hicieron un análisis en orden a la información estadística brindada por el Área de Estadísticas de la Suprema Corte, datos a partir de los cuales se “evidencia un índice de realización de audiencias de debate ostensiblemente inferior al de sus pares departamentales y al promedio provincial de órganos con similar nivel de ingreso”.
Los jueces de la Corte bonaerense consignaron que “los distintos informes elaborados permitieron contextualizar las disfuncionalidades en torno a la gestión de audiencias y determinar múltiples factores que inciden en las programaciones, suspensiones y reprogramaciones de fechas; incluyendo entre ellas el esquema de articulación cristalizado con los organismos del Ministerio Público”.
dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.