28 de Junio de 2024
Edición 6995 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/07/2024

Elevarán a juicio oral la causa contra la viuda de Escobar Gaviria

La Cámara Federal rechazó el reclamo de los fiscales quienes advirtieron que no existen pruebas que demuestren que el dinero que ingresó provenía de la droga.

 
La Sala Primera de la Cámara Federal porteña ratificó hoy que existe merito para la elevación a juicio oral y público el proceso que se sigue contra Victoria Henao Vallejo, la viuda del narcotraficante colombiano Carlos Escobar, imputada por los delitos de lavado de dinero y asociación ilícita.

El juez federal Gabriel Cavallo había considerado que la causa estaba en condiciones de ser elevada a juicio, pero los fiscales Eduardo Freiler y Federico Delgado plantearon, al emitir su dictamen, que Henao Vallejo y los demás involucrados debían ser sobreseidos debido a que no se encontraba demostrado que "los caudales que ingresara" la mujer al país provinieran "del beneficio generado con operaciones de comercialización de estupefacientes".

Freiler y Delgado sostuvieron que como consecuencia de ello "la estructura mediante la cual los fondos ingresaban y se utilizaban" había perdido "su predicada naturaleza ilícita".

Por el contrario, los camaristas Luisa Riva Aramayo y Horacio Vigliani remarcaron que "de la documentación secuestrada en los albores de la instrucción en los allanamientos dispuestos se ha logrado determinar que María Isabel Santos Caballero o Victoria Henao Vallejo intercambiaba epístolas no sólo con sus letrados y asesores colombianos, sino con sus parientes y otras relaciones en las que se fijaban pautas a seguir con los bienes con los que contaba en ese país, los que, se evidencia, guardaban relación con el producto del narcotráfico al que su extinto esposo se encontraba involucrado".

También destacaron que "el gobierno de Colombia mantiene un litigio actual con relación a los bienes de la nombrada en tanto las autoridades afirman que provienen del narcotráfico".

"Por ello -subrayan los jueces-, si el dinero ingresado a la Argentina es resultado de sus rentas o de otros inmuebles que a la fecha no han sido detectados por su país de origen, es nuestra Nación en donde se perfecciona el delito que se le reprocha", es decir el lavado de dinero.

Asimismo, subrayaron que la sociedad comercial que Henao Vallejo formara en Uruguay, Galestar, no generaba un ingreso genuino "habiendose determinado que el dinero invertido en nuestro país provenía del de origen (Colombia)", los que "provenían del narcotráfico".

Por esos motivos, la Cámara concluye que "la aplicación de fondos en la Argentina resulta una operación de lavado de dinero en los términos del artículo 25 de la ley 23.737, vigente al momento de los hechos".

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dju / dju
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