Las Cámara Federal confirmó el procesamiento de un diariero que vendía DVD ilegales junto a otros productos originales. Los magistrados consideraron que eso “conforma un contexto susceptible de generar engaño en los eventuales adquirentes”.
La sala II de la Cámara Federal, con las firmas de Horacio Rolando Cattani y Martín Irurzun, confirmó el procesamiento de un diariero que vendia cd’s truchos en el puesto de diarios.
Se trata de la causa “Abas, Isaac Daniel s/ procesamiento y embargo” iniciada tras la denuncia de un inspector del Ministerio de Trabajo que corroboró que en el puesto de diario que el hombre posee sobre la calle Alem al 400 de esta ciudad se vendían “copias de películas aparentemente apócrifas”.
Tras el allanamiento y el secuestro de la mercadería se encontraron en el lugar tanto copias originales como copias apócrifas. Por lo que en primera instancia se procesó al hombre “por la exhibición para la venta de 18 discos compactos que contenían reproducciones cinematográficas ilegales”.
La defensa del diariero apeló el procesamiento ya que sostenía que “los productos secuestrados no son aptos para producir engaño en el consumidor que quiera adquirir los originales”. Ya que “quienes se interesan en dichos objetos los adquieren a sabiendas de la menor calidad de grabación, sonido e imagen”, justificaba.
Los magistrado por su parte consideraron que “en este caso, se advierte que los discos compactos con las grabaciones apócrifas se encontraban exhibidos para la venta junto con otros similares que contenían copias originales, en el puesto de diarios ya mencionado, extremo que conforma un contexto susceptible de generar engaño en los eventuales adquirentes”.
“Cabe señalar que la sanción de la ley 23.741, que incluyó el artículo 72 bis de la ley 11.723, estuvo inspirada en la intención de perseguir conductas relacionadas con “poner en el mercado -aunque mal y artesanalmente (es decir sin la fidelidad propia de las grabaciones comerciales)- productos (…) a precios inferiores a los realizados por quienes se atienen a toda la legislación vigente en la materia (…) desviando así a los posibles compradores de las piezas (…) legalmente existentes en el tráfico económico”, consignaron los jueces.
Por lo que se “lesiona los derechos de los autores, intérpretes y casas grabadoras autorizadas por el perjuicio que causa”, concluyen los magistrados en la sentencia y confirman lo decidido en primera instancia.