04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Sentencia nula

La Corte Suprema de Chile declaró nula, por mayoría, una sentencia que había condenado a dos comuneros mapuches por causar daños a dos micros y un camión ocurrido en la región de La Araucanía. Habían sido condenados a cinco años de prisión.

 

La Corte Suprema de Chile, por mayoría, con la firma de Milton Juica, Hugo Dolmetsch, Juan Escobar (suplente) y los abogados integrantes Jorge Baraona y Emilio Pfeffer, hizo lugar a un recurso presentado por la defensa de dos comuneros mapuches acusados de provocar daños a dos micros y un camión aljibe en 2011, en un predio de Chiguaihue, en la región de la Araucanía. Así, declaró nulo el fallo que los condenaba.

Se trata de una causa en la que el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Angol condenó a los comuneros mapuches Cristián Levinao Melinao y Rodrigo Melinao Licán por los delitos de incendio forestal y daños en la zona de Chiguaihue, Región de La Araucanía. Tras la apelación la causa llegó al máximo tribunal chileno.

Los ministros de la Corte trasandina consideraron que los argumentos del fallo “no descansan en la prueba rendida, lo que revela que el tribunal, ante la carencia de elementos de cargo suficientes, presumió que ciertos hechos ocurrieron del modo que consignan”.

“Lo que debía ser acreditado por la parte acusadora o emanar fehacientemente de alguna probanza, nada de lo cual sucedió, máxime si el único testigo de cargo individualizado como N° 1, no sindicó nominativamente, como ya se dijo, a ninguno de los acusados, lo que conduce a acoger el recurso por este motivo”, sostienen en el fallo.

El fallo que declaró nulo sostenía que “el fundamento sexagésimo de la sentencia descarta la teoría de la defensa y las declaraciones del acusado Cristian Pablo Levinao Melinao prestadas en juicio como medio de defensa acerca de la imposibilidad de haber podido estar presente en el lugar y hora de los hechos, dado que a esa data cumplía una condena con régimen carcelario de reclusión nocturna que sólo le permitía abandonar el recinto penal a las 06:00 horas del 28 de octubre de 2011”.

Sin embargo, los jueces anularon la sentencia y ordenaron la realización un nuevo juicio oral. El voto en contra fue de Baraona y Pfeffer, quienes desestimaron la causal de nulidad. Los comuneros habían sido condenados a 5 años de prisión.

Melinao Lican, miembro de la comunidad Rayén Mapu, se encontraba prófugo hasta el día de su muerte, el 6 de agosto de este año. Cuando fue encontrado muerto con un tiro de escopeta.

 



dju
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