20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Se robó la bici del gobierno porteño

La Cámara del Crimen confirmó el procesamiento de un hombre que se robó una de las bicicletas del gobierno de la Ciudad. Los detalles de la sentencia donde se cambió la calificación del hecho.

 

La sala IV de la Cámara del Crimen, con las firmas de Carlos Alberto González y Alberto Seijas, confirmó el procesamiento de un hombre en una causa en la que se robó una bicicleta perteneciente al gobierno de la ciudad.

Se trata de la causa “O. R., J. M. s/procesamiento” en la que un hombre fue procesado en primera instancia por el delito de hurto agravado “por tratarse lo sustraído de un vehículo dejado en la vía pública”.

La defensa del hombre presentó un recurso de apelación contra ese procesamiento y la Cámara del Crimen, aunque confirmó el procesamiento del imputado, cambió la calificación del hecho.

Los camaristas sostuvieron que “no surge de autos constancia alguna que permita inferir fundadamente la intervención de O. R. en la sustracción denunciada, pues no se ha dado con testigos presenciales del hecho ni se cuenta con registros fílmicos de lo ocurrido”.

No obstante ello, los magistrados sostuvieron que había que “regularizar la situación procesal” pero no con respecto al delito de hurto sino en orden al delito de “encubrimiento agravado por el ánimo de lucro”.

Según explican en la sentencia, ello “por la receptación del rodado a sabiendas de su origen espurio, en virtud de la relación de alternatividad existente entre las figuras en cuestión”.

“La bicicleta fue incautada en poder del imputado quien se comportaba con animus domini pues fue visto en momentos en que se disponía a abrir el cerrojo (que era de su propiedad) con el que aquella se encontraba sujeta a un poste”, explican os jueces.

Por lo que esa “circunstancia no se condice con lo que aseverara en su declaración indagatoria en punto a que tomó la bicicleta luego de que tres individuos la abandonaran con la intención de restituirla”, concluye el fallo.

 



dju
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