20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Brevatas

Exención de prisión a procesado que no se presentó ante el Tribunal | La Corte Suprema no presta más plata | Un hombre sobreseído por "faltas graves" en una construcción particular

 

 No se presentó ante la justicia, pero tampoco va a prisión

El Tribunal Oral n° 30 de la Capital Federal, compuesto por los jueces Luis María Rizzi, Marcela Rodriguez y Javier De La Fuente, concedieron la exención de prisión solicitada por el imputado en la causa "P.P.M.B.", que no había comparecido ante un llamado del Tribunal y por ello fue declarado rebelde y se le dictó la orden de captura. El defensor del encartado manifestó que el mismo había tenido problemas de índole familiar. Los jueces entendieron la postura, y sumado al hecho de que los delitos por los que se lo investigaba (robo, en grado de tentativa, cometido en dos oportunidades, los cuales concurren realmente entre sí), eran pasibles de una condena de ejecución condicional, con el detalle de que en la causa se le había otorgado la suspensión del juicio a prueba, hicieron pasible la consesión del beneficio.

No hay más “crédito”

El máximo tribunal del país dejó trascender en su primer acuerdo de este año que se va a dejar de prestarle plata al Consejo de la Magistratura. Así lo aseguró una fuente de ese tribunal que adelantó que éste año dejarán de otorgar préstamos al organismo que tiene a su cargo la administración del Poder Judicial. Según se estima, durante 2013 se le prestó al Consejo cerca de mil millones de pesos.

El STJ sobreseyó a un hombre multado durante una construcción particular
 
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Corrientes decidió sobreseer a un hombre que había sido multado por un inspector de la Municipalidad de la capital provincial homónima, cuando se comprobaron faltas leves y graves en una construcción particular que estaba llevando a cabo. Los jueces alegaron que los tiempos de prescripción del Código de Faltas son diferentes de los del Código Penal. “En todos los casos, la prescripción se interrumpe por la comisión de una nueva falta de la misma naturaleza, por la secuela del juicio contravencional, ejecutivo o judicial. La prescripción se declarará de oficio aunque el imputado no la hubiere opuesto”, dijeron los magistrados señalando los supuestos de prescripción.


dju

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