04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

El elefante mata y el circo paga

La Corte Suprema de Chile confirmó una sentencia que condenó a los dueños de un circo a pagar una indemnización de casi 180 mil dólares por la muerte de un menor de edad ocurrida luego de que un elefante provocara el derrumbe de un muro. Los detalles de la sentencia.

 

La Corte Suprema de Chile, integrada por los ministros Rubén Ballesteros, Héctor Carreño, Pedro Pierry y María Eugenia Sandoval; además del abogado integrante Jorge Lagos, confirmó una sentencia que le ordenó a los propietarios de un circo a pagar una indemnización por su responsabilidad en el accidente que causó la muerte de un menor de edad.

Se trata de una causa que se inició luego de que en junio de 2006 muriera un niño aplastado por un muro medianero que fue derribado por una elefanta, llamada “Ramba”. Los dueños del circo “Los Tachuelas” fueron condenado por su conducta negligente.

El máximo tribunal trasandino, por unanimidad, confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel y del Primer Juzgado de Letras de Talagante, en aquel país, en la que se condenó a los propietarios del circo a pagar una indemnización de más de $100.000.000 (cien millones de pesos chilenos), casi 180 mil dólares.

La normativa trasandina “contempla la responsabilidad civil, general y amplia de los dueños y encargados de animales por todo daño que causen, aún después de que se hayan soltado o extraviado, salvo que no pueda imputarse culpa al dueño o a sus dependientes”, dice la sentencia del máximo tribunal.

Y agrega que la “culpa del demandado se encuentra acreditada, por cuanto el desplome fue por un golpe de la elefanta, por lo que no habiendo alegado soltura o extravío del animal o que el daño no era imputable a él o a sus dependientes, es responsable por los daños causados al no adoptar las medidas pertinentes a fin de que, a pesar de las amarras, no alcanzara el muro medianero”.

“El demandado generó la situación de riesgo consistente en mantener una elefanta en un predio y que actuó negligentemente al no adoptar las medidas de cuidado necesarias para evitar que el animal derribara la pared medianera causando la muerte del niño y lesiones” a otra mujer, sostiene el fallo.

En el expediente se corroboró que “la causa del desplome se debió a que una elefanta proyectó su cuerpo, no logrando soportar su gran carga o peso. En el lugar en que se produjo la caída del muro transitaba o se mantenía ese animal”.

 



dju
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