01 de Julio de 2024
Edición 6996 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 02/07/2024

Piratas bancarios

Un Tribunal Oral condenó por el delito de defraudación a dos brasileños que obtenían información de las bandas magnéticas de las tarjetas bancarias y luego las clonaban para sacar dinero de los cajeros automáticos. Los detalles del caso.

 

El Tribunal Oral en lo Criminal nº 23 de la Capital Federal, compuesto por Javier Anzoátegui, Pablo Jantus y Mario Margariños, decidió condenar a tres años de prisión en suspenso a dos ciudadanos brasileños que hacían tarjetas bancarias mellizas, y con ella retiraban dinero de cajeros automáticos, al homologar el acuerdo de juicio abreviado celebrado entre el fiscal y la defensa en la causa “Melo Nunes, Carlos Alexandro y Otro s/ Defraudiación (Art.173 Inc.15)

A los encartados, particularmente, se los acusó de que, “mediante técnicas de manipulación informática lograron capturar la información contenida en las bandas magnéticas de tarjetas bancarias originales para luego proceder a fabricar con dichos datos tarjetas clonadas o mellizas y con ellas, más el PIN o clave numérica utilizada por los usuarios para operar en cajeros automáticos, realizar o haber intentado realizar extracciones de dinero de diversas cuentas bancarias a través de cajeros automáticos de la Red Link”.

Los hechos fueron calificados por el delito de defraudación mediante el uso de tarjetas bancarias falsas, reiterado en seis ocasiones, en concurso real con tentativa de defraudación mediante el uso de tarjetas bancarias falsas, reiterado en 17 oportunidades, sindicando a los imputados como coautores de las conductas, tipificadas en los artículos 42, 45, 55 y 173, inc. 15 del Código Penal.

La investigación se inició cuando Jefe de prevención de Fraudes de la Red Link S.A., quien en la causa manifestó que en la fecha en que se cometieron los delitos, “detectó junto a su equipo y merced al sistema informático del que disponen, operaciones sospechosas” realizadas con tarjetas bancarias procedentes de la provincia de San Juan, en bancos de la zona céntrica de la Ciudad de Buenos Aires.

A raíz de ello, comenzó una investigación interna que concluyó con la detención de los imputados en los cajeros automáticos en un banco del microcentro, donde acababan de extraer dinero en efectivo con una tarjeta de una financiera, que luego se constató que en realidad pertenecía a un banco. En el medio del procedimiento, se le secuestraron a los encartados una serie de tarjetas bancarias, “varias de ellas con un sticker adherido en el que figuraba manuscrito un número, probablemente compatible con la clave de cada uno de estos plásticos”.

Según el testimonio, que fue fundamental para determinar la condena, “en varias de las tarjetas secuestradas se advertía que mediante otro sticker se había tapado el chip ubicado en el frente de las mismas, de modo tal que –por su experiencia en esta clase de fraudes- obligaba a la terminal del cajero automático a operar únicamente sobre la base de la información contenida en las bandas magnéticas de la tarjeta, y le impedía en cambio la lectura de la información guardada en aquél chip”.

Con todas esas probanzas, el Tribunal Oral admitió que resultaba “del todo claro que los acusados obtuvieron la información contenida en las bandas magnéticas de tarjetas bancarias ajenas, la emplearon para falsificar esos plásticos bancarios, y mediante ellos operaron en distintos cajeros automáticos, logrando en seis ocasiones extraer de ellos dinero; mientras que en otras diecisiete oportunidades, fracasaron en sus propósitos, puesto que las operaciones de extracción intentadas les fueron denegadas”.

“Cada una de las operaciones que intentaron, involucra una nueva decisión de acción contraria a la norma, y en consecuencia se encuentran entre sí en relación de concurso real”, justificaron los jueces.



dju
Aparecen en esta nota:
defraudacion tarjetas mellizas

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486