03 de Diciembre de 2024
Edición 7104 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 04/12/2024

Otro juez ordenó al Ejecutivo no aplicar la desregulación de las Obras Sociales

Un juez del fuero de Seguridad Social ordenó al Poder Ejecutivo no aplicar la desregulación de las Obras Sociales. Esta medida se suma a la adoptada por la magistrada Adriana Lucas, quien también había ordenado la suspensión del decreto presidencial.

 

El juez de Seguridad Social número 7, Rodolfo Milano ordenó una medida de no innovar al Poder Ejecutivo Nacional que impide aplicar el decreto de desregulación de las Obras Sociales. Esta resolución del magistrado se suma a idénticas medidas provisorias dictadas anteriormente por la juez también perteneciente al fuero de la Seguridad Social, Adriana Lucas.

Milano, quien actúa ahora en feria judicial -la primera quincena de enero actuó Lucas- aplicó la medida para que el PEN no pueda proceder a la desregulación de las Obras Sociales, que impuso a través de un decreto de necesidad y urgencia firmado por el presidente Fernando de la Rúa el 29 de diciembre último, el cual disponía habilitar la libre competencia entre éstas y las empresas de medicina prepaga. Esta medida se da en el marco del amparo presentado por las dos CGT el 3 de enero pasado.

Lucas había hecho lugar a un recurso de amparo y dictaminó la suspensión de la aplicación del decreto que proponía la desregulación de las Obras Sociales, pero el Ministerio de Salud planteó la nulidad de lo actuado por cuestión de incompetencia y solicitó que se anule el fallo de la magistrada.

El escrito de apelación fue presentado en esa oportunidad ante el juzgado de feria de Seguridad Social y fue firmado por Viviana Bompland, quien se desempeña en el área de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud el Procurador del Tesoro, Ernesto Marcer, el Ministerio del Trabajo y la AFIP. La apelación también contó con el aval de la Superintendencia de Salud, de la cartera de Trabajo y de la Administración General de Ingresos Públicos (AFIP)
Dicho escrito de apelación solicitó la incompetencia del juzgado interviniente y recusó a la jueza Lucas, quien había hecho lugar al amparo suspendiendo los efectos del reglamento del Poder Ejecutivo.

El Ministerio de Salud en ese momento entendió que si la jueza habilitaba la feria judicial para suspender un decreto presidencial, eso configuraba "mal desempeño". El abogado Carlos Amnestoy, gerente de Superintendencia de Servicios de Salud había manifestado que se estaba analizando solicitarle a la Asociación de Magistrados y a la Cámara de Seguridad Social que evalúen la conducta de la magistrada, porque la jueza "habilitó la feria judicial de enero en juicio ordinario". En tanto Luis María Cabral vicepresidente segundo de la Asociación de Magistrados entendió que "si la jueza estaba de feria judicial tenía facultades jurisdiccionales para hacerlo".

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dju / dju
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