La Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó habilitar la feria para tratar un amparo presentado por un ex legislador que planteaba, como medida cautelar, ordenar al Poder Ejecutivo de la Nación a que se abstenga de cumplir sentencia dictadas por tribunales extranjeros que tengan relación con fondos buitre.
Liliana Heiland, a cargo del juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N° 12, rechazó habilitar la feria judicial para tratar el dictado de una medida cautelar en el marco de un amparo presentado por un ex legislador que solicitaba se ordene al Poder Ejecutivo que se abstenga de cumplir sentencia dictadas por tribunales extranjeros que tengan relación con fondos buitre.
Quien presentó el amparo, con un pedido de medida cautelar, fue el ex diputado Mario Cafiero. Pero la jueza desestimó el pedido de “habilitación de feria judicial” en el expediente 30777/2014, una acción iniciada antes de la feria judicial de invierno.
El amparo apunta a "declarar la nulidad absoluta e insanable, por manifiesta inconstitucionalidad, de la prórroga de jurisdicción a tribunales extranjeros en materia de deuda pública del Estado Nacional", que posibilitan la intervención del juez estadounidense Thomas Griesa.
También se exige “la nulidad de las prórrogas de jurisdicción a favor de tribunales extranjeros y a las renuncia de inmunidades soberanas sobre bienes de propiedad del Estado, en materia de deuda pública".
"La Constitución sólo admite la prórroga de jurisdicción en dos casos: cuando se trate de cuestiones de derechos humanos o por tratados de integración en organismos supranacionales. El resto de la jurisdicción, es decir el derecho de juzgar en cuestiones de materia federal como la deuda pública, es exclusiva de la Corte Suprema y de los tribunales inferiores de la Argentina", sostiene la presentación de Cafiero.
Heiland, se remitió al dictamen fiscal que desaconsejaba la habilitación de la feria, por lo que no habrá una decisión en este amparo antes del próximo 30 de julio. Fecha donde se estipula que de no lograr un acuerdo con los fondos buitre el país entraría en un default.
En concreto, el amparo solicita que se ordene al Poder Ejecutivo "se abstenga de dar cumplimiento a sentencias o laudos, efectuar pagos, cumplir con condiciones o modalidades referidos a obligaciones emergentes de documentos, títulos o valores de cualquier origen o naturaleza referidos a la cancelación de la deuda pública ordenados por tribunales extranjeros, de fuero regular, de excepción o arbitrales".