20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Los sospechosos de siempre

La Cámara de Casación Penal rechazó un planteo de nulidad por parte de un condenado que había sido detenido a bordo de su auto sin orden judicial. Los jueces indicaron que los motivos suficientes para la detención "han radicado en las actitudes sospechosas de los nombrados quienes intentaron eludir un control policial".

 

La Cámara Federal de Casación ratificó una condena para un delito cuya investigación se inició cuando oficiales de la policía detuvieron a tres personas en "actitud sospechosa" y que luego intentaron fugarse.

El Tribunal de juicio rechazó en la causa "Baroni, HéctorElías c/ recurso de casación" el planteo de nulidad de la defensa del imputado y resolvió condenarlo por el delito de portación de arma de guerra sin la debida autorización legal, en concurso real con el delito de encubrimiento simple. El imputado había sido detenido en la calle con un arma que anteriormente le fue sustraída a un policía

El abogado defensor del condenado recurrió la condena ante la Cámara de Casación, asegurando que el procedimiento llevado a cabo por los preventores "estuvo lejos de ser un procedimiento de identificación de vehículo, sino que los policías se aproximaron rápidamente al vehículo, dieron la orden de descender del auto, palparon a los tres sujetos que iban en el vehículo, y ante el menor movimiento, los redujeron contra el piso".

Sin embargo la decisión fue dejada firme ya que la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó la apelación de la defensa. Para los jueces Mariano Borinsky, Juan Carlos Gemignani y Gustavo Hornos, los hechos fueron distintos.

De acuerdo a las declaraciones de los testigos recopiladas en el fallo, que daban cuenta que el automóvil del acusado frenó de manera intempestiva que "no acatara las balizas, ni la sirena, ni tampoco la orden de que descendieran del rodado" y que cuando descendieran los encartados "lo hicieran dejando medio cuerpo dentro del vehículo y que, finalmente, ante las preguntas de los preventores, los tres pasajeros dieran distintas explicaciones sobre que hacían en el lugar", el Máximo Tribunal penal descartó un incorrecto accionar policial.

Los camaristas expresaron que "las particulares circunstancias reseñadas configuran el concreto escenario fáctico en el cual se produjo la requisa, sin orden judicial, del automóvil en el que circulaba Héctor Elías Baroni".

Además recordaron que "el art. 184, inc. 5º, del código de rito, señala que es atribución de los funcionarios de la policía disponer, con arreglo al art. 230, las requisas del art. 230 bis del mismo cuerpo normativo, dando inmediato aviso al órgano judicial competente, presupuesto este último que en el sub examine se encuentra resguardado", ya que indediatamente después la detención se puso en conocimiento de la secretaria del Juzgado de turno.

"Por otro lado, el art. 230 bis del C.P.P.N. Supone como requisito indispensable la existencia de motivos previos que legitimen el mismo inicio del acto invasivo de la privacidad. Tales motivos deben ser, además, suficientes para presumir que una persona oculta en su cuerpo, en las pertenencias que lleva consigo o en el vehículo en el que se traslada, cosas relacionadas con un delito" recordó la Cámara.

En esa misma línea de razonamiento, la Alzada reiteró que "la existencia de los motivos suficientes previos debe encontrarse razonable y objetivamente acreditada para justificar la intromisión en la esfera de intimidad que la requisa comporta".

De modo que "la concurrencia de “circunstancias previas” y “concomitantes” que habilitaron a la fuerza de seguridad -a tenor de lo normado por el art. 230 bis, inc. „a‟, del C.P.P.N.- a proceder a la
requisa del vehículo y al posterior secuestro del arma que constituye el objeto de la imputación".

Por lo que se concluyó que "los ´motivos suficientes´ que llevaron a la prevención a someter a requisa y detención al aquí imputado han radicado en las actitudes sospechosas de los nombrados quienes intentaron eludir un control policial, no se detuvieron frente a las sirenas y balizas, les tuvo que ser reiterada en tres o cuatro oportunidades la orden de descender del vehículo y, finalmente, ante las preguntas de los preventores, los tres dieron explicaciones disímiles"



dju
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detencion sin orden auto sospechoso

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