El tribunal italiano manifestó que no se encontró ninguna evidencia de que el hombre se propusiese cometer "un acto libidinoso". Agregó que la palmadita pareció ser un incidente "aislado" e "impulsivo".
El hombre había sido declarado culpable de acoso sexual y condenado a 18 meses de cárcel y a una multa de 3.800 dólares, pero la sentencia fue revocada posteriormente.
La mujer denunciante también había dicho que el hombre, gerente de una agencia de salud pública del norte de Italia, había amenazado con perjudicar su carrera si informaba del incidente en 1994.
El Tribunal de Casación suscitó el clamor internacional en 1999 cuando falló que es imposible violar a una mujer que lleva pantalones vaqueros ajustados. La corte argumentó que para ello la mujer tendría que ayudar a quitarse los vaqueros, lo que implicaría consentimiento.
El caso guarda similitud con otro sucedido en las Islas Baleares. En octubre del año pasado, el Tribunal Superior de Justicia manifestó que “un directivo toque el trasero a una empleada no es de tanta gravedad como el acoso sexual” y obligó a la empresa demandada a reincorporar y además indemnizar por el equivalente a 130 mil pesos a un gerente que, según el fallo, “le dio palmadas en el culo” a tres empleadas.
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