16 de May de 2024
Edición 6967 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 17/05/2024
Desvío de fondos públicos de más de $4.000.000

Una estafa a jubilados merece un juicio oral

La Cámara de Casación rechazó un planteo de nulidad y ordenó que una ex funcionaria de la ANSES, acusada de defraudación por efectuarle descuentos ilegítimos en sus haberes a los jubilados, sea enviada a juicio. 

 

La Casación confirmó el rechazo a un planteo de nulidad de los requerimientos de elevación a juicio de una mujer acusada de haber practicado descuentos ilegítimos a beneficiarios del sistema previsional, efectuados por el fiscal y la querella. Ahora la imputada deberá afrontar el juicio oral y público por los delitos de Defraudación y Falsificación de Documentos Públicos.

El fallo fue resuelto por la Sala I de la Cámara de Casación Penal, en la causa “ANSES y Otros s/ Defraudación y Falsificación de Documentos Públicos”. Los jueces Juan Carlos Gemignani, Ana María Figueroa y Luis María Cabral confirmaron la decisión de la Cámara Federal que rechazó el planteo de la imputada.

En el juicio se investigará la maniobra efectuada por a M.E.R., la que “raíz de la adhesión de la Cooperativa Ferromar a las operatorias de descuento no obligatorios a favor de terceras entidades de la ANSES, simulando contar con el consentimiento de los beneficiarios de la mencionada administración nacional, respecto de su afiliación y utilización de los servicios de la Cooperativa de Vivienda Crédito y Consuma Ferromar Ltda., fue que se cargaron en los sistemas informáticos las afiliaciones de los mismos”

De esa forma, bajo dos códigos de descuento en concepto de cuota social y servicios, se les descontó ilegítimamente a los jubilados “sumas dinerarias en sus beneficios previsionales que perciben de la ANSES, las que era depositadas a favor de la mencionada Cooperativa, operaciones que en su conjunto totalizaron la suma de 4.375.502,96 pesos”.

La participación de la imputada se dio en su carácter de titular de la Gerencia Unidad Central de Apoyo de responsable del Centro Único de Autorización y Control de Descuentos No Obligatorios a favor de Terceras Entidades y de titular de la Gerencia de Control, y consistió, según los jueces “en no haber cumplido con sus responsabilidades primarias y obligaciones de administración y control emanadas de las resoluciones”.

El planteo defensista consistió en que la dependencia nunca entró en funcionamiento, por lo que mal puede imputársele a la mujer el delito por su desempeño en la oficina cuando en realidad nunca ejerció el cargo. Además, manifestó que la imputada tenía sólo funciones de descuento y no de control.

Por lo tanto, según la defensa, no se dio cumplimiento a lo exigido por el artículo 347 del Código Procesal Penal, respecto a la necesidad de “una relación clara, precisa y circunstanciada de los hechos, su calificación legal y una exposición sucinta de los motivos en que se funda” en el requerimiento de elevación a juicio.

El Tribunal coincidió con los fundamentos de la Cámara Federal, que sostuvo que “en el dictamen, luego de individualizar a los imputados, se dio debida cuenta del contexto general en el cual se desarrollaron los acontecimientos materia de investigación así como los elementos que, por cierto ponderados en un apartado propio, llevarían a sostener la participación que en ellos se atribuye a M.E.R.”.

“Esto último, vale aclarar, teniendo en consideración los cargos que la imputada ocupaba en la ANSES y las funciones específicas que a ellos correspondía conforme las distintas normativas de esa institución”, agregó el fallo, que concluyó que la requisitoria “mantiene la estructura de acusación formulada por el Fiscal mediante una descripción fáctica y jurídica apta para que la causante comprenda de manera efectiva el motivo de la imputación dirigida en su contra”.

Todos esos argumentos, sumados a que el planteo de nulidad del requerimiento no resultaba ser una sentencia definitiva ni asimilable a tal, condujeron al rechazo del recurso de casación.



dju
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