15 de Noviembre de 2024
Edición 7093 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 19/11/2024

Acusan al Gobierno español de rebeldía frente a la administración de Justicia

Los Socialistas y la Izquierda Unida acusan al gobernante Partido Popular porque se niega a cumplir con una sentencia que le ordena el pago de sueldos atrasados a funcionarios. Se podría crear un conflicto de división de poderes.

 
El Partido Popular, al frente del gobierno de España en la actualidad, aseguró que agotará todas las vías para evitar el pago de los atrasos a los funcionarios que le exige una sentencia de la Audiencia Nacional, anuncio que generó una fuerte polémica en el país ibérico. Así, el opositor Partido Socialista Obrero Español (PSOE) calificó la pretensión oficialista de “insumisión” y de “rebeldía pura” frente a la administración de justicia dentro de una división de poderes.

Según Caldera, vocero parlamentario del PSOE, el Gobierno tiene derecho a interponer los recursos que considere pertinentes contra la sentencia, que anuló la semana pasada la congelación salarial impuesta a los funcionarios en 1997, pero aclaró que no le parece “aceptable y positivo ese esfuerzo por deslegitimar y poner en cuestión el papel de la administración de justicia”.

Bajo el mismo razonamiento, el coordinador general de Izquierda Unida, Gaspar Llamazares, acusó al Gabinete de José María Aznar de anunciar que va a cometer “desacato” ante los Tribunales. Según Llamazares, lo que debe hacer el Ejecutivo es poner en marcha medidas para que se cumpla “cuanto antes” la sentencia dictada por la Audiencia.

De esta forma, el gobierno accionará esta semana ante el tribunal sentenciador solicitándole que admita un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Si esto falla, elevará un recurso de queja ante ese tribunal para que le admita su recurso de casación. Si eso también fallara y llegase a enfrentarse a una sentencia firme, el PP estría dispuesto a bloquear en el Parlamento un crédito extraordinario de al menos 1500 millones de dólares para pagar la sentencia. Inclusive está en los planes del partido gobernante a presentar un conflicto de competencias entre las Cortes y el Gobierno ante el Tribunal Constitucional.

El recurso que pedirá esta semana el gobierno será ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, y el principal argumento es que “fuera cual fuera la naturaleza del acto” en el que se basa la sala para declararse competente y resolver el litigio planteado “éste queda subsanado por el Presupuesto votado por las Cortes”.

La primacía de las Cortes en la potestad legislativa recogida en la Constitución será así el gran caballo de batalla. Pero la sentencia, en su tercer argumento jurídico, da dictamina en contradicción con esa pretensión. Argumenta que fue la Administración (el Gobierno del PP, en 1996) quien vulneró una ley aprobada por las Cortes en 1990 que le obligaba a negociar el incremento de las retribuciones de los funcionarios. Una ley, dice la sentencia, que no es una mera declaración retórica, sino una norma que vincula a “todos los poderes públicos”.

El Gobierno incumplió además un acuerdo firmado entre el anterior Ejecutivo y los sindicatos que le obligaba a aplicar un incremento automático en el salario de los empleados públicos igual a la inflación prevista en los presupuestos. La sentencia equipara este acuerdo con otros “compromisos previos legalmente adquiridos”, y cita, por ejemplo, la contratación de obras, las devoluciones de impuestos, o las subvenciones legalmente reconocidas “que suponen un gasto que la Administración unilateralmente no puede eliminar”. Por ello, concluye, “no es posible que, so pretexto de la elaboración de los Presupuestos, se eliminen compromisos de gastos válidamente asumidos por la Administración y cuya exigibilidad viene establecida por la ley”.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486