La "medida cautelar innovativa", según confirmaron fuentes gremiales, fue dispuesta por el juez de feria de primera instancia de la Seguridad Social, Rodolfo Mario Milano, quien hizo lugar a una presentación de los abogados Héctor Recalde, Juan Pablo Capón Filas, Alberto Tomassone y Federico West Ocampo.
Según señalaron los voceros, se trata de "la más importante de las diez resoluciones judiciales que en igual sentido se han dictado respecto de la desregulación de las Obras Sociales", a la vez que precisaron que el universo que abarcan esas resoluciones comprende ya al 95 por ciento de los trabajadores afiliados a las prestadoras sindicales.
De este modo, el juez Milano ordenó al Poder Ejecutivo, al Ministerio de Salud, a la Superintendencia de Servicios de Salud del Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos y a la Administración Federal de Ingresos Públicos "abstenerse de la ejecución de lo normado por los decretos 446 del 2 de junio de 2000 y 1140 del 2 de diciembre y las resoluciones SSS 246/2000 y 247/2000 y las dictadas en su consecuencia, durante el trámite de la presente y de la acción principal que deberá ser instalada conforme lo establecido en el artículo 207 del Código Penal".
El expediente está impulsado por la mayoría de los más importantes gremios del país tales como Camioneros, Transporte Automotor (UTA), Agentes de Propaganda Médica, Empleados de Comercio, Sanidad, Federación de Luz y Fuerza y Unión del Personal Civil de la Nación, entre otros.
Asimismo, los gremios beneficiados por las medidas judiciales destacaron que "la apelación formulada por el PEN en los otros expedientes similares carecen de efecto suspensivo, por lo que las medidas cautelares decretadas permanecen vigentes mientras tramita la apelación".
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