La magistrada entendió que, de acuerdo con la información recolectada, las citadas obras "generarían un impacto no asimilable ni tolerable en el tránsito vial de la ciudad" y "un severo impacto ambiental en el Río de la Plata por el alto poder de sedimentación de las aguas".
A ello debe sumarse "la construcción de una península (de casi 270 hectáreas) que se alzaría en serio escollo a la corrida de aguas contaminadas".
La magistrada sostuvo que en la planificación de dichas obras no se previó "el alcance ni la magnitud del impacto ambiental que ello implicaría pues se omitió toda intervención previa de los organismos competentes en la materia, en punto a una investigación sobre los elementos físicos, naturales, biológicos, socioeconómicos y culturales dentro del área de la ciudad de Buenos Aires".
En su resolución, por la cual concedió la medida cautelar, la jueza destacó el "derecho al medio ambiente y al deber preservado".
La presentación fue formulada por los legisladores comunales Agustín Zbar y Gabriel González Gass, quienes reclamaron la nulidad del decreto 357/98 del Poder Ejecutivo por el cual se llamó a concurso público para realizar obras de ampliación y modificación del Puerto de Buenos Aires.