Por una resolución de la Cámara conocida hoy aquí, con la firma de su presidente, Rodolfo Munne, y del Secretario Jorge Otaño Piñero, se dispuso autorizar a la juez federal 1, con competencia electoral, a prestar la "colaboración peticionada" por la Presidenta del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Ana María Conde, para los programados comicios del 7 de mayo.
Dicha colaboración deberá estar sujeta a "lo que especifica y particularmente se establezca en el Convenio que se suscriba entre dicho Magistrado y las autoridades del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires".
Sin embargo, la Cámara Nacional advirtió que esa ayuda "no importará erogación alguna para el Poder Judicial de la Nación ni afectará las misiones y funciones electorales propias que desarrolla la Secretaría Electoral Nacional de la Capital Federal" y se ajustará a una serie de disposiciones.
Entre ellas, se consigna que "las retribuciones por horas extraordinarias a todo el personal judicial interviniente -Cámara Nacional Electoral, Secretaría Electoral, Corte Suprema de Justicia de la Nación y Consejo de la Magistratura- estarán a cargo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como todos los demás gastos que demande el proceso electoral", los que deberán ser estimados por Servini de Cubría.
En similar sentido se pronunció el gremio que nuclea a los empleados de la Justicia Nacional (UEJN), que le manifestó a la titular del Tribunal de Justicia porteño que el gremio "esta dispuesto a trabajar para el fiel cumplimiento de las tareas electorales en las elecciones capitalinas".
Sin embargo, recordó que para desarrollar esa tarea deberá contemplarse la "habilitación de días y horas" en cumplimiento del convenio vigente entre el Poder Judicial de la Nación y el Ministerio del Interior el que establece pautas para el pago de horas extraordinarias, entre otras especificaciones.
También advirtieron que resultaría discriminatorio que se afectara sólo al personal de la Secretaría Electoral del Juzgado Federal de Servini, por lo que reclamaron, como "necesario el trabajo conjunto de todo el personal en general afectado" a la Secretaría Electoral.
El convenio invocado establece en cada caso en particular, el monto de las partidas de dinero necesarias para financiar los gastos emergentes, fijándose el valor de la hora extraordinaria, a fin de poder determinar la cantidad de horas extras remunerativas a las que "voluntariamente, sin ningún tipo de discriminación, podía acceder todo el personal".