Así lo determinó la Corte Suprema de Justicia a través de la acordada 7/2000 difundida hoy, y en la cual se establece que las Cámaras de Apelaciones del resto del país "deberán determinar para sus respectivas jurisdicciones un feriado judicial de diez días hábiles", tal como lo establece el acápite 2o. de la acordada 30/84.
En otra acordada, el alto tribunal admitió la incorporación de Licenciados en Química y en Comercio Exterior como peritos en dos causas originarias, identificadas como los expedientes 846/2000 y 847/2000, reclamo que contó con la opinión favorable de la Secretaría de Juicios Originarios.