Cruchaga advirtió por otra parte que no existe contradicción entre los reclamos que en la apertura del período ordinario de sesiones del Congreso formuló el presidente Fernando de la Rúa, respecto de los tiempos que maneja el Consejo de la Magistratura para la designación de jueces.
La norma con la que se maneja el órgano “establece el plazo de 120 días para que el Consejo envíe las ternas, y no hay contradicción entre lo que pide el Presidente, que es razonable y atendible, con lo que vino haciendo hasta ahora el Consejo, que lo hizo no por morosidad o porque no trató los temas, sino por imperativo legal de la ley vigente”.
En particular el artículo 13, determina todo un proceso, muy meticuloso, en donde hay todo un sistema de evaluación de la idoneidad integral de los aspirantes que no es similar en nuestro país. Hoy a nueve meses de haberse puesto en funcionamiento ese reglamento de concursos sobre 80 vacantes hay 60 concursos en trámite y prevemos que antes de llegar a mitad de este año ya vayan remitiéndose las primeras ternas al poder ejecutivo”, explicó.
Por otra parte, en diálogo con Diariojudicial.com, Cruchaga manifestó su esperanza en que “si bien son concursos muy meticulosos con muchas formalidades y con muchas garantías para todo el mundo, antes de fin de año tengamos remitido el cincuenta por ciento de las demandas que hay para cubrir las vacantes”.
En ese sentido, aclaró que el pedido de entrevista con De la Rúa, surgido del seno del Consejo “se resolvió para hacerle saber al presidente las vicisitudes legales y de carácter constitucional que tuvo el Consejo en este primer año de vida, para que no se pueda responder como si esto fuera un “quiosco”, de mandar mañana una carpeta con ternas, porque el procedimiento que marca la ley es otro y se está cumpliendo rigurosamente”.“Si hemos observado por evaluación propia y con anterioridad al discurso del presidente, que con la práctica de los primeros seis meses de vida de este reglamento de concursos había algunas etapas que se podían abreviar, y eso es lo que estamos haciendo. Ahora lo mejor es seguir ejercitando este sistema, con el artículo 13 actual, por lo menos durante todo este año y si después de un año y medio de vida se siguen observando dificultades, para dar una rápida respuesta al sistema de justicia, entonces sí pensar en una nueva redacción”.
Asimismo, agregó que en el Consejo “hay dos temas que están en discusión y tienen que ver con esto: uno es el sistema de subrogancias o de un sistema por el cual legalmente hay que cubrir vacantes transitorias o definitivas en los juzgados nacionales y federales”. La propuesta que está en el Congreso lleva la firma del legislador aliancista, pero tiene su origen y estudio en dictámenes del Consejo de la Magistratura, de tal manera que hay que actualizar ese sistema de subrogancias , inclusive hay algunas propuestas innovadoras como aquella que se refiere a la posibilidad de convocar para cubrir esas vacantes a los secretarios en ejercicio del mismo fuero, variante que esta en discusión”. “No siempre la vacante transitoria o la vacante definitiva por destitución por muerte o jubilación, va a tener esa salida, el sistema actual prevé conjueces, prevé citación de abogados de la matrícula, prevé la posibilidad de compaginar algunos tribunales colegiados con otros jueces es decir que todo ese menú de posibilidades se mantiene, y en algunos casos se agrega la posibilidad de que sean los secretarios. No siempre ni obligatoriamente”.
“Hay jueces suplentes, digamos jueces que son aspirantes que quieran ocupar el cargo de jueces volantes, tienen todo el proceso de selección igual que un juez, que tiene adjudicado un juzgado y que van a estar en el banco de reserva. Toda esta discusión de llamar a un juez que tiene otro juzgado para que cubra una vacante transitoria o a un conjuez o un abogado o eventualmente un secretario se puede apelar a este banco de suplentes de jueces con toda la garantía con todo el proceso de su elección y que estén disponibles”.
En ese sentido Cruchaga advirtió que “hay que prever un sistema así, porque en su horizonte el Consejo de la Magistratura tiene previsto crear la escuela judicial que no solamente va a estar para los que deseen entrar al Poder Judicial, sino también para los magistrados ya nombrados. Entonces pensamos en incentivar a los cursos de perfeccionamiento o de actualización de los jueces como se hace en otros países sustrayéndolo del juzgado un tiempo (se verá la duración de los cursos), y durante ese lapso se va a necesitar un juez que lo cubra en la misma forma que si se hubiera enfermado, casado o estuviera de vacaciones. Esta segunda ley de jueces suplentes tiene esta misma finalidad”.