01 de Julio de 2024
Edición 6996 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 02/07/2024

Los abogados laboralistas se oponen a los traslados de empleados

La Asociación de Abogados Laboralistas advirtió que el traslado de empleados del fuero del Trabajo "afectará sin lugar a dudas" su funcionamiento.

 
Los matriculados nucleados en la Asociación de Abogados Laboralistas advirtieron que el traslado de empleados del fuero del trabajo, dispuesto por la Corte "afectará sin lugar a dudas el normal funcionamiento" de los juzgados de esa competencia "ya perjudicada con reiteradas normas".

Asimismo, sostuvieron que la superación de la crisis del fuero previsional "debe emanar de la asignación de recursos y no del desmembramiento de la Justicia del Trabajo, cuya competencia y especificidad ya ha sido fuertemente atacada por las leyes 24.522, 24.557 y 24.635".

"No debemos olvidar que estas leyes promueven la desactivación de la Justicia del Trabajo y el especifico procedimiento laboral, como un mecanismo adicional de flexibilidad, que cumple la función de debilitar el posicionamiento procesal del trabajador frente al empleador", explicaron.

Asimismo, advirtieron que "no es que haya disminuido la litigiosidad laboral, sino que los conflictos laborales son resueltos por órganos desespecializados y extrajudiciales, ya que existen numerosos proyectos de ley en la Cámara de Diputados, que proponen reinstaurar la competencia a los Jueces Naturales del Trabajo en todos los conflictos individuales del Trabajo".

Por esa razón, los laboralistas concluyeron que "a las autoridades competentes les corresponde dotar de los recursos necesarios a los Tribunales Previsionales y Comerciales y promover las reformas legislativas que permitan reasumir a la Justicia del Trabajo sus competencias perdidas y no continuar con el desguace del fuero”.

Mientras tanto, los trabajadores judiciales nucleados en la Unión de Empleados de Justicia de la Nación (UEJN) se concentraron frente al Palacio de Tribunales, para repudiar los traslados que, con carácter obligatorio, impuso la Corte Suprema.

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dju / dju
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