La mujer había demandado a la empresa por el retraso en el pago de haberes que, por distintos conceptos, formaban parte de su ingreso habitual, pero al no encontrar una respuesta favorable y tras sucesivas intimaciones se dio por despedida.
En la causa caratulada "Santillán c/Summer SA", la Sala 8 de la Cámara de Apelaciones del Trabajo confirmó un fallo de primera instancia del juzgado laboral 37, en el que se le rechazó a la demandante sus reclamos de indemnización por despido, y se la condenó a pagar cerca de 17.800 pesos en concepto de honorarios, decisión que fue apelado vía recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia.
Según se pudo saber, la trabajadora llevaba 28 años en la empresa y reclamó pagos que, por distintos conceptos consideró les correspondían "conforme convenio".
Tras los siete años que se prolongó el juicio, la firma cesó su actividad, liquidó su patrimonio y dejó su domicilio. La Justicia entendió que la actitud de la demandante, al considerarse despedida, fue "especulativa, intempestiva e injustificada", por lo cual rechazó la demanda.
La jueza de primera instancia Mirta Carmen Torres Nieto, advirtió en su resolución luego apelada que "dada la gran desocupación existente en el país, resulta sospechoso que la actora haya adoptado tan drástica decisión, sin haber formalizado mas de un apercibimiento previamente" a considerarse despedida.
La defensa de la mujer, al fundamentar el recurso extraordinario, alegó que "se transgreden las garantías constitucionales del debido proceso y defensa en juicio causándole a la trabajadora un gran perjuicio moral y económico".