22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

Futura avalancha de juicios por el ajuste

El decreto 438/00, llamado de solidaridad previsional, dispone quitas de hasta el 50% en algunas jubilaciones. En Tucumán, los perjudicados preparan acciones políticas y judiciales.

 
El gobernador tucumano, Julio Miranda, mira a la Corte Suprema de Justicia de la Nación como una alternativa para que a muchos jubilados de su provincia no le reduzcan sus haberes. Esto se produciría por el reciente decreto de necesidad y urgencia 438/00, dictado por el Poder Ejecutivo Nacional.

Este decreto establece lo siguiente:

“Artículo 1º — Los beneficiarios del Sistema Público de Reparto nacionales y los provenientes de los sistemas previsionales municipales y provinciales, transferidos al Estado Nacional por imperio del Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento, celebrado el 12 de agosto de 1993, ratificado por la Ley Nº 24.307, que a la fecha de publicación de este decreto, tengan hasta CINCUENTA (50) años inclusive, percibirán por todo concepto el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de los haberes mensuales.

Art. 2º — Los beneficiarios del Sistema Público de Reparto nacionales y los provenientes de los sistemas previsionales municipales y provinciales, transferidos al Estado Nacional por imperio del Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento, celebrado el 12 de agosto de 1993, ratificado por la Ley Nº 24.307, que a la fecha de publicación de este decreto, tuvieren edades comprendidas entre los CINCUENTA Y UN (51) y los SESENTA (60) años, percibirán por todo concepto el SESENTA Y SIETE POR CIENTO (67%) de los haberes mensuales.

Art. 5º — Estas quitas serán contributivas al Sistema Público de Reparto y no serán reintegrables.

Se mantendrán vigentes hasta tanto la Ley de Presupuesto Nacional disponga parámetros diferentes de financiamiento.

Art. 6º — Exclúyense de estas disposiciones a las prestaciones por fallecimiento y por retiros por invalidez, y a las situaciones amparadas en regímenes especiales para las fuerzas armadas y de seguridad o defensa y el personal militarizado de las mismas, o en disposiciones especiales para quienes hayan prestado servicios en tareas penosas, riesgosas o insalubres, determinantes de vejez o agotamiento prematuro.”

En Tucuman, Los jubilados alcanzados por esta norma, son los que surgieron como consecuencia del Bono Solidario (BOSO), es decir, aquellos que se acogieron a un sistema de retiro voluntario por el cual el Estado provincial se desprendió de alrededor de 3000 personas. Muchos de ellos, en virtud de su edad, sufrirían quitas del 50 y del 33 % en sus haberes. El decreto no establece un monto mínimo para hacer las quitas sino que solo se fija en la edad del beneficiario.

El viernes, almuerzo de por medio, el gobernador tucumano les propondrá a sus pares del Noroeste que avalen un planteo judicial. Los jubilados afectados, que cobran entre $300 y $500, salieron ayer a la calle a protestar por la medida. Fueron a la Casa de Gobierno y obtuvieron de Miranda el compromiso de convocar a los legisladores nacionales del PJ, según comentó Carlos Sosa Reto, miembro de la coordinadora que integran gremios estatales, de pasivos e instituciones sociales. Mañana los jubilados seguiran con su plan de lucha. También tienen previsto entregarles a los obispos de la región un petitorio. El gobernador reconoció que existe preocupación en el Ejecutivo por los alcances del decreto nacional. "Se debería tomar otro tope para hablar de jubilaciones de privilegio", reconoció.

Dirigentes de la coordinadora de gremios estatales, luego de la reunión de ayer con Miranda y con el secretario general de la Gobernación José Cúneo Vergés, dijeron que pedirán al defensor del pueblo provincial, Juan Eduardo Rojas, que presente recursos de amparo en favor de los que menos ganan.

Descargue el texto completo del decreto 438/00 13/06/2000



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486