El secretario General de la Corte, Cristian Abritta, aseguró hoy durante una conferencia de prensa, que la confección de una cédula verde de un Renault Laguna a nombre de la Corte Suprema de Justicia se efectuó tras una consulta con la Secretaría de Justicia y el Registro Nacional de la Propiedad Automotor.
La consulta mencionada se realizó en 1991 en relación con "la posibilidad de afectar el uso de vehículos secuestrados en virtud de trámites judiciales", y ese mismo régimen se aplicó a los restantes automóviles en uso.
Abritta explicó en ese sentido, que en ningún momento existió la intención de transferir "el dominio" del automóvil secuestrado a su nombre, sino que para su utilización el Registro Automotor respondió ante una consulta que para su uso era necesario expedir una cedula verde a nombre de la Corte, en tanto la Secretaría de Justicia opinó que "había que inscribirlo a nombre del Poder Judicial".
El funcionario también advirtió que la decisión de afectar bienes muebles o inmuebles es facultad del juez interviniente, y que su uso por parte de la Corte es evaluado previamente, teniendo en cuenta el estado del vehículo y la conveniencia o no de destinarlo a ese fin.
Al respecto Abritta subrayó que la acordada 55/92, dictada en el marco de la Ley 23.853 de Autarquía, establece que "constituyen recursos específicos propios del Poder Judicial de la Nación el producto de la venta o locación de efectos secuestrados en causas penales que no hayan podido entregarse a sus dueños, así como de los objetos decomisados".
Por otra parte, Abritta explicó que en la actualidad existen en uso de distintos juzgados de todo el país 224 automóviles secuestrados o decomisados; 24 afectados a la Corte Suprema y otros 22 a la Gendarmería.
También aclaró que los autos secuestrados, como fue el caso del Laguna que le fue devuelto a Beatriz Griselda Díaz, son afectados al uso, y que las unidades se decomisan cuando existe una sentencia firme por parte del tribunal actuante, y que las mismas pueden ser vendidas por el Poder judicial.
En este último caso, si los rodados fueron secuestrados en una causa por narcotráfico se cumple, al momento de la venta, con los establecido mediante un convenio con la Secretaría de Prevención y Lucha contra el narcotráfico, repartiéndose en partes iguales el beneficio de la venta.
El 50 por ciento correspondiente a la Justicia "se destina a los juzgados que combaten el narcotráfico".
Sin embargo, Abritta admitió la posibilidad que la propietaria reclame legalmente la pérdida de valor de la unidad a partir de su uso, y el pago de las patentes, en caso que --como el mencionado-- se adeuden en la provincia de Buenos Aires, ya que durante el período en que el auto fue utilizado por el presidente de la Corte Julio Nazareno, fue eximido del pago de ese impuesto en la Capital Federal.
El ministro de la Corte Enrique Petracchi entiende, según un informe interno al que tuvo acceso Diariojudicial.com, que "no existe ningún obstáculo legal para la utilización por parte de la Corte de automóviles secuestrados, si ellos no pudieron ser devueltos cuando correspondía y siempre y cuando puedan ser considerados “recursos” en el sentido del artículo 3o. de la Ley 23.853".