El juez Enrique Arias Gibert, titular del juzgadonacional de primera instancia del Trabajo número 67,declaró la inconstitucionalidad del decreto de necesidad y urgencia número 430/00, por el que el Gobierno Nacional fijó reducciones enlos salarios de los empleados de la administraciónpública.
La sentencia se dictó en la acción de amparo promovida por una empleada de la ANSES, Susana Devita. En los considerandos de la extensa sentencia se examinan “los argumentos constitucionales que descalifican aldecreto en cuestión”.
El magistrado sostiene que “las falencias del tesoronacional no se pueden resolver con recurso a disminuir los ingresos de los trabajadores. No está previsto entre los recursos del tesoro nacional la confiscación de los salarios de los agentes de la administraciónpública”. “No hay legitimación alguna, en el caso, para la emisión de un decreto de necesidad y urgencia, toda vez que no se ha intentado la materia legislativa para aprobar igual iniciativa, y la materia tributaria–verdadera finalidad de esta confiscación del salario- es materia expresamente vedada para los decretos de necesidad y urgencia, conforme lo establece el artículo 99, inciso 3 de la Constitución Nacional”. Con este fallo, son tres los jueces que se inclinanpor invalidar al decreto 430/2000 de recortessalariales y dos, los magistrados que dictaminaron a su favor. Es indudable que se ha planteado una controversia jurídica similar a la que en su momento se experimentó con las querellas cruzadas a favor y en contra del aumento de las tarifas telefónicas o laprivatización de los servicios públicos.
Si esta situación controversial sigue manteniéndose a nivel de cámaras, tanto del fuero Laboral como en Contencioso, es indudable que el recorte recién podrá aplicarse o no cuando se pronuncie la Corte Suprema de Justicia, y esa medida podrá tener lugar en un tiempo prolongado, no coincidente con los que el gobierno necesita. Recuérdese que recién hace pocas semanas la Corte avaló un decreto de características parecidas que había sido firmado por Carlos Menem en 1995.Incluso, para ese entonces puede haberse modificado el cuadro de emergencia económica y lo que hoy sugieren que aprobarán los máximos jueces, no sería improbable que sea rechazado llegada la ocasión. En su transcurso se vivirá un cuadro de indefinición jurídica sobre este decreto del Gobierno y ello, evidentemente, no ayudará a inyectar confianza en la economía.
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Confirmado: La Corte apoyó recorte salarial 02-06-2000
Fallo relacionado:
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