En un escrito de diez carillas, Palacios advirtió que el magistrado violó los límites "impuestos por la resolución que otorgó la extradición" de su cliente desde Brasil "manteniendo la caracterización de jefe de asociación ilícita, que no fue incluida en el fallo del Tribunal Superior (de ese país) base de este proceso".
En ese sentido, advirtió que el Supremo Tribunal brasileño delimitó "el alcance de sustancia del delito por el cual se extradita con toda claridad", cuando lo equipara con la coautoría que se corresponde en el derecho brasilero "al delito de “quadrilla o bando”, cuya pena es de reclusión de uno a tres años.
Además, subraya que en la decisión del tribunal brasilero que otorgó la extradición "no se hace mención alguna al carácter agravado de jefe", a la vez que atribuye esa interpretación por parte del juez Cavallo a "errores intencionados".
Por otra parte, Palacios sostiene que la resolución es "arbitraria" pues "se basa" en "afirmaciones sin su consiguiente apoyatura probatoria que la sustente" y "no se apoya en una sola prueba concreta, directa o indirecta".
"No existe una sola llamada grabada de la profusa investigación realizada que ligue a mi defendido con los policías cuestionados ni siquiera con su secretario (Roberto) Schlagel" y sólo se hace mención a "citas referidas a dichos de terceros".
Asimismo, señaló que "no han manifestado ninguno de los co procesados haber recibido orden alguna de fabricar o crear pruebas del magistrado entonces a cargo del tribunal de Dolores".En tal sentido, reafirmó que Cavallo "no ha podido reunir una sola prueba concreta que haya podido ligar a mi defendido con los procedimientos presuntamente espúreos" y "los indicios en los que se pretende fundar son equívocos e indirectos".
Es más, el letrado advierte que la construcción jurídica del auto de procesamiento "se basa en dos versiones de interesados personajes de esta historia (el caso Cóppola) a los cuales ha dado el valor de testigos inatacables, la mendaz y contradictoria Samantha Farjat, y el voluble Alberto Tarantini" quienes "adquieren en la resolución importancia determinante".
Al respecto, aseguró que "el a quo cree en la versión mentirosa de Farjat y no en la del imputado" y "para colmo de males, no ordenó como debió hacerlo, el careo entre los mismos pedido por la defensa, al terminar la indagatoria".
Por otra parte, refiere a los procedimientos en los que intervinieron los policías juzgados y condenados por el Tribunal Oral Federal 5 y la intervención de Bernasconi en los mismos. Al respecto, el abogado sostiene que la intervención del entonces magistrados, ordenando incluir en las actas de detención los dichos de Tarantini "son para el doctor Cavallo muestra de que sabía que la droga la habían puesto los policías", conclusión a la que consideró como "inexplicable".