26 de Diciembre de 2024
Edición 7119 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 27/12/2024

Alderete bis

El juez Bagnasco procesó al ex interventor en el PAMI Carlos Alderete por irregularidades en la contratación de colonias de vacaciones.

 
El ex interventor en el PAMI, Carlos Elbio Alderete, fue procesado por el delito de "defraudación por administración fraudulenta" en relación a una causa por presuntas irregularidades cometidas en la contratación de colonias de vacaciones para chicos carenciados, por una cifra varias veces millonaria.

La medida fue dictada por el juez federal Adolfo Bagnasco, quien trabó embargo sobre los bienes de Alderete hasta cubrir la suma de 500 mil pesos.

Asimismo, el magistrado procesó a los ex directivos de la obra social Guillermo Wood y Jorge Raúl Sanz, y a los representantes de la Obra Social de Prensa de Mar del Plata (OSPREN) Roberto Ferro y José Miguel Belza, como participes necesarios en la maniobra.

La causa se inició el 5 de mayo de 1998, a raíz de una denuncia del fiscal de Cámara Ricardo Saenz, quien había sido designado como "ejecutor y coordinador de la actividad del ministerio Público para los delitos cometidos en el PAMI", y en base a los informes presentados por los apoderados de la Obra Social, durante la gestión de Victor Alderete, Oscar Colombo y Ricardo Reto.

De la investigación surgieron irregularidades en la instrumentación del denominado "Programa Solidario e Integrado para Afiliados Menores", cuyos destinatarios eran chicos de hasta 18 años, de sectores carenciados, para proporcionarles vacaciones en colonias contratadas, en distintos centros turísticos del país, una iniciativa que surgió de la Gerencia General de la Obra Social. El verdadero objetivo, según había quedado establecido inicialmente, era el de realizar un testeo de salud de los menores y un control a nivel social, para el cual estaba previsto efectuar convenios con universidades, y con el Hospital Muñiz de esta capital, para tratar las cuestiones referidas a las adicciones y el SIDA, un proyecto que le costaría al Instituto 19.800.000 pesos.

La medida fue aprobada por medio de la resolución 1836 y firmada por Alderete el 27 de diciembre de 1994, "disponiéndose la instrumentación y concreción del proyecto" para lo cual se contrataba a la OSPREN. que se iba a hacer cargo de su implementación, respecto de los chicos de la Capital Federal y el Conurbano bonaerense, en diez campos de recreación, a razón de mil criaturas por cada uno de ellos, durante diez días hábiles.

También lo haría respecto de los contingentes del interior del país, contemplando el suministros de desayuno almuerzo y cena, por una suma cercana a los 17 millones de pesos.

El 31 de enero de 1995 el nuevo interventor en el PAMI, Alberto Remigio Abad, rescindió el contrato con la OSPREN a raíz de las irregularidades surgidas de los informes técnicos, tales como "inexistencia de personal del prestador en los lugares de desarrollo de las actividades, obligando al personal del Instituto a suplirlos", así como también la "realización de traslados (de los chicos) mediante la afectación de vehículos inadecuados" y "deficiencias y carencias en la provisión de servicios medico-asistenciales".

La comida también era escasa, se presentaron casos de pediculosis y no había espacios para albergar a los profesores, además de faltar higiene en los baños y vestuarios.

Pese a la rescisión del contrato, el PAMI debió pagarle a la OSPREN la suma de 4.279.000 pesos, quedando "definitivamente" finalizado el acuerdo "nunca instrumentado", según lo consigna la resolución judicial.

Bagnasco procesó a Sanz, quien se desempeñaba como Jefe del Departamento de Turismo y Cultura, por haber efrectuado una "onerosísima y abultada estimación del costo del programa, sin haber previamente evaluado su correspondencia con la cotización de plaza.

En la investigación, también quedó establecido que las firmas que aparecían como consultadas para proveer el programa eran en realidad "empresas fantasmas", que figuraban en domicilios inexistentes o coincidían con estudios de abogados, entre ellos el de Mariano Cuneo Libarona.

También se había denunciado la falta de pronunciamiento de la Sindicatura, pero los denunciantes advirtieron que fue "consecuencia de un obrar intencional de los funcionarios", ya que ese informe -que desapareció- si bien aprobaba el contrato imponía "una serie de condiciones que se debían cumplir previamente".

Al dictar el procesamiento, el magistrado entendió que "la tramitación del expediente administrativo que culminó con el acto de aprobación dictado por Alderete y su consecuente orden de compra, fue realizada contrariando las disposiciones de Reglamentación de Contrataciones del Instituto, con el objeto de beneficiar indebidamente a los responsables de la Obra Social de Prensa de Mar del Plata".

Asimismo, señala que el acuerdo fue suscripto aún cuando la OSPREN "siquiera contaba con algún campo recreativo, ni prestaba colonias de vacaciones a sus afiliados".

Temas relacionados:
Más que un apellido, un destino 06/06/2000



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486