04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

La Corte le bajó el pulgar a Vigil

El Máximo Tribunal confirmó hoy una sentencia de la Cámara en lo Penal Económico que había condenado al empresario a dos meses y medio de prisión en suspenso por el delito de contrabando calificado de automotor.

 
La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió hoy confirmar la sentencia que había condenado al empresario Constancio Vigil a la pena de dos años y seis meses de prisión en suspenso al considerarlo penalmente responsable del delito de contrabando calificado.

Vigil, hombre de negocios relacionados con los medios de comunicación y cercano al entorno del menemismo durante la década que pasó, había sido condenado por la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, que integran los Doctores Carlos Alberto Pizzatelli, Marcos Arnoldo Grabivker y Roberto Enrique Hornos.

La importación de un vehículo extranjero bajo el régimen de franquicias para lisiados fue la conducta que encuadraron típicamente los magistrados para considerar responsable a Vigil del delito de contrabando.

Desde otro punto de vista, la defensa del condenado había afirmado que Vigil sólo había incurrido “en una infracción aduanera y no en contrabando calificado”, tal la sentencia de la Cámara que hoy confirmó el Máximo Tribunal.

Asimismo, la Corte inhabilitó por seis años al empresario para ejercer el comercio, según confiaron voceros del alto tribunal.

La causa por contrabando de automóviles con franquicias para discapacitados se inició a principios de los años 90, en una causa que llevó adelante el por entonces juez en los Penal Económico Dr. Enrique Lotero.

El magistrado investigó cómo "ricos y famosos", como la animadora televisiva Susana Giménez y el actor Ricardo Darín habían importado de forma ilegal automóviles con franquicias para discapacitados, reduciendo así el valor de importación de lujosos vehículos.

La Sala B de la Cámara en lo Penal Económico revocó en su momento el fallo de primera instancia que había sido en favor de Vigil. Su defensa apeló el fallo, llegando con el recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia.

Ahora, La Corte rechazó la queja y confirmó la condena establecida por el tribunal de alzada, con el voto favorable de los ministros Augusto Belluscio, Enrique Petracchi y Gustavo Bossert, y los conjueces que integraron el tribunal, los camaristas federales Luis Herrrero y Gustavo Becerra Ferrer.

Por su parte Carlos Fayt y Antonio Boggiano se excusaron de intervenir en el caso, mientras que no votaron Julio Nazareno, Eduardo Moliné O`Connor, Guillermo Lopez y Adolfo Vazquez.



dju / dju
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