20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

De jarrones y otras yerbas

La Cámara Federal porteña confirmó el procesamiento con prisión preventiva del ex juez federal de Dolores Hernán Bernasconi por asociación ilícita.

 
La Sala Segunda de la Cámara Federal porteña confirmó el procesamiento con prisión preventiva del ex juez federal de Dolores Hernán Bernasconi como jefe de una asociación ilícita que perseguía a ricos y famosos a los que vinculaba con causas por narcotráfico.

Los camaristas Horacio Cattani, Eduardo Luraschi y Martín Irurzun, confirmaron de ese modo el pronunciamiento del juez federal Gabriel Cavallo, quien había dictado el procesamiento del ex juez del caso Coppola por los delitos de "asociación ilícita en calidad de jefe, falso testimonio agravado y falsedad ideológica".

En ese sentido, el tribunal sostuvo que Bernasconi, junto con su ex secretario Roberto Schlagel y los policías bonaerenses Daniel Diamante, Antonio Gerace y Carlos Gómez -quienes ya fueron condenados por un tribunal oral- "habían estructurado una organización con el objeto de involucrar a ciertas personas con la comisión de hechos ilícitos, sin importar si ellas eran efectivamente responsables o si existían o no elementos para vincularlos al proceso".

En tal sentido, destacaron que "cuando no había tal prueba no han vacilado en inventarla, aunque esta fuera el producto de sustracciones de efectos, violaciones de domicilios, falsedades documentales, irregulares privaciones de libertades y resoluciones contrarias a la ley".

"Ninguna duda cabe que el que dirigía este accionar delictivo era Bernasconi", recalcó la Cámara cuyos integrantes subrayaron que los policías involucrados "respondían a sus ordenes".

Por otra parte, y al rechazar un planteo de nulidad formulado por la defensa del ex juez, los camaristas compartieron el criterio del juez Cavallo en el sentido de que si bien la Justicia brasileña, al conceder la extradición de Bernasconi, nada dijo sobre la calidad de jefe de la asociación ilícita (en Brasil no existe esa categoría) "dicho silencio no debe interpretarse como una denegación de la solicitud formulada".

Al respecto, la Cámara advirtió que la justicia brasileña tampoco incluyó ese delito entre las figuras denegadas como el robo y el prevaricato.

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dju / dju
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