La opinión de la Audiencia Provincial se agregará al expediente del Ministerio de Justicia, que tiene que resolver la petición de indulto de “Tani” -en prisión por matar en 1995 en Mejorada del Campo (Madrid) a su compañero- una vez que recabe también el informe del fiscal.
La Sección Cuarta de la Audiencia dijo que no procede un indulto total, porque la conducta por la que Moreno Maya fue condenada “es de extrema gravedad y ha sido ajeno al juicio que hubiera sido objeto de malos tratos” por parte de su compañero.
El caso ha escandalizado a la opinión pública española, en desacuerdo con la alta cuantía de la pena que le fue impuesta a “Tani” al encontrarla autora de un delito de homicidio con la agravante de parentesco, y sin atenuantes por haber sido maltratada por su esposo. Según el tribunal madrileño, que dictó la sentencia condenatoria, la producción de las agresiones de quien después pasara a ser víctima del asesinato “no fueron acreditadas en el expediente”.
Sin embargo, en su informe el Tribunal estima que sí procede “un indulto parcial, que conllevaría, de ser concedido, a una reducción de la sanción impuesta en los términos que el Ministerio de Justicia considere más adecuados”.