Esta no era la primera vez que la Cámara Federal se pronunciaba en torno al expediente, ya que con anterioridad la Sala Primera había declarado "extinguida" la acción, pero la Corte Suprema al pronunciarse en una queja interpuesta por los abogados de Manzano revocó esa decisión por "arbitraria", al sostener que la misma no había estado debidamente fundamentada, en particular respecto de los fundamentos por los cuales fueron descartados los argumentos del ex funcionario para proseguir con el juicio.
Manzano querelló a Verbitsky por el contenido de su libro que el periodista tituló con una frase que le atribuyó al ex ministro de la administración Menem. El dirigente mendocino negó esa versión e inició una querella contra el periodista.
Cattani y Luraschi explicaron que en los casos de querella "siendo el titular de la acción un particular es a éste a quien le corresponde su ejercicio y por lo tanto de él habrá de emanar el impulso procesal".
Entre lo que consideraron como "secuela de juicio" señalaron el comienzo de la acusación contra Verbitsky en febrero de 1993 y la apertura a prueba de la causa en octubre de 1996, considerando que entre ambas fechas se superó "holgadamente" con el plazo de prescripción, ya que sólo hubo planteos y presentaciones judiciales pero ninguno de ellos significaron un avance cualitativo del trámite. Los magistrados tampoco consideraron como actos interrruptivos de la prescripción las sucesivas reediciones del libro en marzo, julio y octubre de 1993 y en octubre de 1994.