El abogado Héctor Rodríguez, defensor del juez federal Carlos Liporaci, manifestó este mediodía a Diariojudicial.com, acerca de la denuncia realizada por el letrado Carlos Ortiz Almonacid contra su defendido, que "la falta de mérito no significa que la causa que instruye mi cliente contra los senadores se haya cerrado". "Al contrario -prosiguió- Liporaci decretó la falta de mérito porque así lo impone el Código Procesal" al tiempo que explicó: "el Código establece un plazo de 10 días, para determinar si se los procesa -a los senadores- o si les impone falta de mérito. Eso no implica que los legisladores descorchen el champagne para festejar, porque Liporaci haya decidido que no hay mérito para procesarlos por ahora. De hecho la causa y los llamados a indagatoria continúan, y si alguno de los citados suministrara información comprometedora, entonces se los procesará hasta con prisión preventiva como corresponde dado el caso", dijo Rodríguez.
El letrado subrayó que para "no prestar a una confusión, porque la falta de mérito es la vedette del Código Procesal, mi cliente llamó a declarar a Enrique Flamarique y Fernando De Santibañes", ex ministro de Trabajo el primero, y ex Secretario de Inteligencia del Estado, el segundo.
Rodríguez hizo estas declaraciones a raíz de la ratificación de la denuncia del abogado peronista Carlos Ortiz Almonacid ante el juzgado federal número 5 a cargo interinamente de Gabriel Cavallo, quien instruye una causa contra Liporaci por presunto "enriquecimiento ilícito". Almonacid aportó documentación como prueba de lo que consideró "un desempeño irregular", debido a que el juez que investiga los supuestos sobornos en el Senado dictó la "falta de mérito" de 11 legisladores sospechados de haber recibido dinero para aprobar la ley de Reforma Laboral.
Ortiz Almonacid ratificó y pidió que sean citados algunos senadores, entre ellos Horacio Usandizaga. El abogado fundó su presentación en que Liporaci incurrió en el delito de "prevaricato", porque en la investigación sobre los presuntos sobornos del Senado omitió dar intervención a la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas.
El abogado fue llamado a ratificar su denuncia, realizada el 3 de enero último, luego de que el fiscal federal Jorge Di Lello dictaminara a favor de la apertura de un sumario especial para que determine si Liporaci incurrió en el delito de "encubrimiento y prevaricato".
También reiteró el pedido de nulidad del fallo dictado por el juez Liporaci el 29 de diciembre último, en el que dictó la falta de mérito de los senadores justicialistas Emilio Cantarero, Eduardo Bauzá, Remo Constanzo, Ramón Ortega, Angel Pardo, Ricardo Branda, Augusto Alasino y Alberto Tell y los radicales Javier Meneghini, Alcides López y Raúl Galván.
Almonacid afirmó que por disposición penal (artículo 4 de la ley 21.383) Liporaci estaba obligado a notificar a la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas la apertura del sumario penal en la que se dictó la falta de méritos de 11 legisladores, un secretario y un prosecretario parlamentario.
Según el letrado por disposición de la norma y la "jurisprudencia de nuestros Tribunales" es "obligatoria" la intervención de la Fiscalía en todas las causas por presunta corrupción de funcionarios públicos.
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Denunciamanía XXIV 03/01/2001