02 de Julio de 2024
Edición 6997 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/07/2024

Certificados de buena conducta, en la otra ventanilla

La Corte rechazó expedirse sobre el desempeño a Bagnasco y Literas, quienes antes de irse pidieron que les auditaran los juzgados.

 
La Corte Suprema de Justicia rechazó las pretensiones de Adolfo Bagnasco y Gustavo Literas, quienes antes de renunciar a sus cargos de jueces reclamaron que el tribunal audite el desempeño de sus juzgados en la tramitación de los expedientes.

El alto tribunal advirtió que "no le corresponde expedir avales de buen desempeño" al referirse implícitamente a las facultades disciplinarias del Consejo de la Magistratura.

En tal sentido, y al responder en términos similares a los reclamos de ambos magistrados, destacó que no es su función "practicar investigaciones genericas destinadas a juzgar el correcto desempeño de los magistrados a su cargo".

No es este Tribunal a quien incumbe determinar si los magistrados han incurrido en mal desempeño o delito en el ejercicio de sus funciones, ni les corresponde expedir avales de buen desempeño, que aún fundados, carecerían de valor para los organismos constitucionales encargados de aquella tarea".

Con la Reforma Constitucional de 1994 fue creado el Consejo de la Magistratura, que está encargado de analizar la conducta de los magistrados y que en caso de encontrar causales de mal desempeño elevarlo al Jury de Enjuiciamiento para su eventual remoción.

Finalmente, el Alto Tribunal señala que "el cumplimiento de los aspectos formales de la actuación en las dependencias judiciales es tema incluido en la superintendencia cuyo ejercicio ha sido delegado en las cámaras de apelaciones".

El poder Ejecutivo aceptó formalmente la renuncia de Bagnasco el viernes de la semana pasada cuando fue publicado el decreto presidencial correspondiente en el Boletín Oficial, en tanto Literas presentó su dimisión ese mismo día y su juzgado (el federal 10) quedará transitoriamente a cargo de su par Juan José Galeano.

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dju / dju
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