04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Una viuda en libertad

El juez federal Gabriel Cavallo concedió la excarcelación de la viuda del narcotraficante Pablo Escobar Gaviría y le fijó una fianza de 200 mil pesos.

 
El juez federal Gabriel Cavallo le concedió hoy la excarcelación a María Victoria Henao Vallejo, viuda del narcotraficante colombiano Pablo Escobar Gaviría, al recaratular los cargos en su contra como "miembro" de una asociación ilícita y no como jefa de la misma.

Cavallo adoptó la decisión en forma simultanea a la elevación del dictamen fiscal por el cual le solicitaron la elevación a juicio oral y público, pero en el mismo entendimiento respecto de la participación de la mujer, a quien le fijo una caución real de 200 mil pesos.

Henao Vallejo se encontraba detenida desde hacía 17 meses en la División Drogas Peligrosas de la Policía Federal.

Los fiscales federales Carlos Cearras y Pablo Recchini pidieron que sea elevada a juicio oral la causa por la que se investigó por presunto lavado de dinero proveniente del narcotráfico a Victoria Henao Vallejo, la viuda del narcotraficante colombiano Pablo Escobar Gaviría. Cearras y Recchini tomaron intervención en la causa luego que la Sala Primera de la Cámara Federal rechazara un dictamen de los representantes de ese ministerio público Eduardo Freiler y Federico Delgado, quienes consideraron que en la causa instruida por el juez federal Gabriel Cavallo no existían elementos para proseguir con el expediente, y por lo tanto debía sobreseerse a todos los imputados, por lo que fueron separados de la investigación y se dispuso que otros fiscales se pronunciaran pidiendo la elevación a juicio.

En ese mismo entendimiento, Cearras y Recchini advirtieron en su dictamen que formulaban el requerimiento de elevación a juicio "sin perjuicio de no compartir el temperamento que surge de la consulta" efectuada al juez, y en el entendimiento que existe "un importante déficit probatorio en la investigación".

También se quejaron porque se les cercenó "la posibilidad de ofrecer prueba a los fines de completar la investigación".

De ese modo requirieron en orden a la presunta comisión de los delitos de lavado de dinero procedente del narcotráfico, asociación ilícita con el fin de legitimar activos y administración fraudulenta del patrimonio de Henao Vallejo, quien había ingresado a la Argentina con un nuevo nombre que le concedieron las autoridades colombianas luego de la muerte de su esposo: Maria Isabel Santos Caballero.

Respecto de este delito, se encuentran imputados Henao Vallejo, Maria de los Ángeles Sarmiento del Valle, Juan Sebastián Marroquin Santos, el contador Juan Carlos Sacarías, Marcelo Gil Novoa y Oscar Alberto Lupia.

Marroquín Santos es el hijo de Henao Vallejo y Escobar, en tanto Gil Novoa y Lupia eran apoderados y mandatarios de la mujer, quienes habría tenido a su cargo el manejo de las inversiones.

Los fiscales entendieron que Henao Vallejo no fue jefa de dicha asociación y que "lo único que puede visualizarse en este punto es un acuerdo de voluntades, con algún grado de permanencia, pero sin que en este concierto se observen roles bien definidos".

Los fiscales advirtieron en duros términos que la investigación "ha adolecido de severas deficiencias" que pese a su tardía intervención pretendieron subsanar mediante la promoción de medidas de prueba que fueron rechazadas por el juez.

"Los obstáculos que la carencia de un peritaje contable y financiero y la inexplicable falta de respuesta de las autoridades de los Estados Unidos a las requisitorias formuladas son indudables, especialmente teniendo en cuenta, en relación con el pedido de asistencia internacional" para establecer el circuito que siguió el dinero que se reputa proveniente del narcotráfico y generado por la venta de bienes de Pablo Escobar Gaviría en Colombia, indicaron los fiscales.

Según se desprende de la investigación "se tiene sospecha fundada de que el camino del capital partía de Colombia, pasaba por bancos de la ciudad de Nueva York, para luego ser girado a Montevideo y de allí trasladarlo, mediante giros bancarios y aún en efectivo a Buenos Aires.

Sin embargo, Cearras y Recchini advirtieron que era importante conocer el origen de esos fondos porque "nuestra ley penal exige, para la acreditación del delito de lavado de dinero, que las transacciones económicas propias de ese ilícito sean realizadas con dinero que se sabe proveniente del narcotráfico".

Dobniewsky

Por otra parte, en su dictamen los fiscales solicitaron el sobreseimiento del ex abogado patrocinante de la DAIA y la AMIA Luis Dobniewsky quien fue procesado por presunto encubrimiento, cuando adquirió a Henao Vallejo una vivienda en el country Las Praderas, operación que se concretó a través de un boleto de compraventa firmado por Zacarías en representación de la inversora Galestar SA.

Dobniewsky fue considerado como adquirente de un objeto proveniente del delito de lavado de dinero procedente del narcotráfico, ya que en un determinado momento tomó conocimiento de quien era la propietaria de la vivienda.

A juicio de los fiscales "esta hipótesis no se condice con el grado de exigencia que se le debe requerir a quien efectúa una operación de estas características", ya que de los elementos colectados en la causa "no surge" que el comprador tuviera "conocimiento y voluntad de adquirir un bien" con ese origen.

aún cuando supusieramos que Dobniewsky y su esposa sabían, al momento de la escritura, la verdadera historia de María Isabel Santos Caballero, no podemos pretender que quien adquiría el inmueble a un precio razonable y de mercado, con intervención de un agente inmobiliario de la zona y que no había tenido ningún tipo de actuación en hechos anteriores, tuviera que conocer, aún a título potencial, que el dinero con que Inversora Galestar pagara la casa a su anterior propietario, proviniera de actividades ilícitas que se atribuyeron a Pablo Escobar".

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dju / dju
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