20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Los camaristas bahienses dejaron conforme al Consejo

La Comisión de Acusación escuchó a dos camaristas federales bahienses que sustanciaron los Juicios por la Verdad. Los consejeros solicitaron que se desista de citar a los jueces restantes.

 
En la audiencia los camaristas Angel Argarañaraz y Augusto Fernández aclararon porque aplicaron el Código de Justicia Militar durante el proceso al militar retirado Santiago Cruciani, y no el Código Procesal nuevo. Luego de sus dichos, los consejeros le pidieron al consejero instructor de ese expediente, el abogado Fermín Garrote, que dejara sin efecto la citación a los dos camaristas restantes Luis Cotter y Ricardo Planes.

Luego de la declaración de los magistrados, un vocero del Consejo de la Magistratura adelantó que el cuerpo podría desestimar la remoción.

Los camaristas fueron denunciados por la presunta detención irregular del suboficial retirado del Ejército Cruciani, en el marco de los Juicios por la Verdad.

"Creo que los señores camaristas que vinieron hoy a declarar han explicado el procedimiento que están empleando la Cámara de Bahía Blanca, lo que están aplicando es el código de justicia militar", expresó Gersenobitz. Asimismo, el letrado entendió que la Cámara "está actuando correctamente".

El expediente por el que se pide juicio político a los integrantes de esta Cámara fue iniciado por una denuncia de la esposa del ex militar, Yolanda Pozzi de Cruciani, por entender que los jueces arrestaron al militar de manera irregular.

La mujer del ex represor cuestionó el arresto de Santiago Cruciani por haberse negado a dar testimonio en el marco de los juicios por la verdad.

Cruciani, alias "El Tío" fue procesado -y luego beneficiado con la ley de obediencia debida- por haber cometido decenas de asesinatos, tormentos y desapariciones durante la última dictadura militar (1976-1983).

En tanto los jueces Fernández y Argarañaraz manifestaron ante Acusación que ellos “no pretendían que el militar se autoincriminara en los hechos sino que brindara testimonio porque dado la cantidad de datos que podría aportar tenía la obligación legal de atestiguar”.

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dju / dju
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