28 de Junio de 2024
Edición 6995 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/07/2024

Procesan a ex jefes de la DINA chilena

Los había indagado la juez Servini de Cubría por su responsabilidad en el crimen del ex jefe del Ejército trasandino Carlos Prats.

 
La juez federal María Servini de Cubría procesó con prisión preventiva y trabó un embargo de un millón de pesos contra dos ex oficiales del Ejercito chileno a los que consideró jefes de una asociación ilícita que concretó el atentado, en 1974, que causó la muerte del ex jefe de esa fuerza, el general Carlos Prats y su esposa.

Se trata de Juan Manuel Contreras Sepúlveda y Pedro Octavio Espinosa Bravo, en tanto que Raúl Iturriaga Neumann, Jorge Iturriaga Neumann y José Octavio Zara Holger también fueron procesados con prisión preventiva e igual embargo, pero como "intregrantes" de esa asociación, que se conformó tras el golpe militar que el 11 de septiembre de 1973 encabezó el ex dictador Augusto Pinochet.

Los cinco imputados ocuparon cargos en la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) de Chile y meses atrás fueron indagados por Servini de Cubria y el fiscal Jorge Alvarez Berlanda.

El fiscal Alvarez Berlanda, en su momento, les imputó haber conformado una asociación ilícita destinada a perseguir opositores políticos, entre ellos el general Prats quien tras haber ocupado la jefatura del Ejército durante el gobierno democrático de Salvador Allende se refugió en Buenos Aires.

Servini calificó a Contreras Sepúlveda y Espinosa Bravo como "autores del delito de asociación ilícita en calidad de jefes, en concurso real con el delito de doble homicidio agravado por haber empleado un medio idóneo para crear un peligro común y por estar predeterminado por mas de dos personas".

La misma calificación, pero como "integrantes" de una asociación ilícita recayó en Raúl y Jorge Iturriaga Newman y Holger. Servini de Cubría y el fiscal estarían preparando un nuevo viaje a Chile con el propósito de indagar a Pinochet, ante el rechazó de la Justicia de ese país de concederle la extradición sin cumplir previamente con ese trámite, tal como lo establecen las leyes chilenas.

La medida dispuesta por la magistrada hoy, es correlato de la ratificación por parte de la Sala Segunda de la Cámara Federal porteña de la validez de las indagatorias tomadas oportunamente en Chile.

En esta causa fue juzgado y condenado a prisión perpetua el ex agente de la DINA Enrique Lautaro Arancibia Clavel, quien fue considerado autor material del atentado.

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dju / dju
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