El joven no tiene obra social y tampoco recursos para poder pagar la operación cuyo costo estimado es de 70 mil pesos y por eso decidió presentar el recurso de amparo, con la asistencia de la defensora oficial Beatriz Castello.
La magistrada fundó su sentencia en el artículo 43 de la Constitución Nacional que regula la acción de amparo, al considerar que la omisión de la administración publica provincial, al no hacerse cargo del trasplante, lesiona el derecho constitucional a la vida.
Gurdulich consideró que la acción judicial resuelta “tiende a remover el obstáculo que representa la omisión por parte de las autoridades públicas en violación al principio de la vida, que se encuentra especialmente amenazado por la inacción” y resolvió que el Centro Único de Ablación e Implante de Órganos (Cudaio) y las autoridades provinciales se hagan cargo de la intervención quirúrgica, sin dilaciones.
Las autoridades provinciales anunciaron que no apelarán la medida y promoverán los medios como para que el joven sea sometido al tratamiento que necesita, aunque aclararon que reclamarán a la Nación que pague los costos que esta demande.