De acuerdo al fallo de Hooft, de no resolver a favor de la solicitud de esta persona, cuyo nombre es Juan, "se estaría incurriendo en omisión, que acarrearía como consecuencia disvaliosa obligar a una persona a continuar viviendo la trágica disociación entre su identidad jurídica -proveniente de su partida de nacimiento- y su identidad cotidiana". Según el magistrado, la situación "se tradujo durante largos años en una grave discriminación, que afecta su salud en sentido integral, su calidad de vida, el acceso a un trabajo digno y el derecho a la seguridad social".
El amparo fue interpuesto con el asesoramiento letrado de la abogada Elda Segovia Sánchez, que requirió que se autorizara una operación "para compatibilizar los ambiguos órganos genitales con los del sexo femenino y la consecuente rectificación de los datos consignados en su partida de nacimiento, documento de identidad y títulos de estudios cursados, entre otros".
Hooft hizo lugar a todos estos pedidos agregando que la operación quirúrgica podría realizarse en el Hospital Interzonal General de Agudos (HIGA) en Mar del Plata o en otro hospital público de la ciudad de La Plata donde exista experiencia en este tipo de prácticas.
Para hacer lugar el amparo se tuvieron en cuenta los peritajes y las condiciones personales del afectado, es decir, que se trata de una persona soltera, sin hijos, "que desde su niñez desarrolló una vida de relación propia del sexo femenino". Por ello, dejó establecido el juez, "la sentencia judicial no hará sino legitimar desde una perspectiva jurídico-institucional una situación fáctica ya existente desde hace muchísimos años, decisión que permitirá, en un futuro, que cesen todas las situaciones de discriminación ilegítima a las que la persona se ha visto sometida durante el decurso de su vida".