01 de Julio de 2024
Edición 6996 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 02/07/2024

Delitos contra la libertad sexual

El Defensor del Pueblo de la Nación presentó un proyecto de ley para establecer una nueva normativa penal que tipifica, entre otras conductas, el acoso sexual y la publicación de pornografía infantil en Internet. TEXTO COMPLETO

 

El proyecto de Eduardo Mondino fue presentado ante la Comisión Bicameral del Defensor del Pueblo, que preside el diputado Javier Mouriño.
El texto legal proyectado propone modificar la denominación del Título III del Código Penal de la Nación , antes denominado Delitos contra la Honestidad y actualmente llamado Delitos contra la Integridad Sexual, proponiendo una nueva denominación : " DELITOS CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL Y SEXUALIDAD INFANTIL".

El proyecto contempla tipologías criminales especiales y sanciones agravadas cuando quien cometiere algunos de los hechos previstos en el artículo 119 (abuso y violación) fuere un funcionario público en ejercicio de sus funciones respecto de personas privadas de su libertad, legítima o ilegítimamente. A tal efecto, resulta indiferente que la víctima se encuentre jurídicamente a cargo del funcionario, basta que éste tenga sobre aquélla poder de hecho.

Se incorpora además, la figura del Acoso Sexual en el marco de las relaciones laborales, académicas, docentes, religiosas, entre otras. Cualquiera sea el sexo del autor o de la víctima. Se penaliza cualquier tipo de presión sexual no deseada y que trae como consecuencia que la persona presionada se desempeñe en un ambiente hostil, que se perjudiquen sus ascensos laborales, profesionales o académicos y/o se vea obligada a renunciar. Si el acoso sexual fuere cometido por un funcionario público en ejercicio de su función, será reprimido además con una inhabilitación especial.

Asimismo, se proyecta incorporar al Código Penal un Capitulo denominado Pornografía Infantil por Internet, que estará integrado por dos artículos con la siguiente redacción:

Art. : Será reprimido con prisión o reclusión de 1 a 3 años, el que publicare una página en Internet, permitiere el acceso a su base de datos o enviare por medio de la red, fotografías, filmaciones o reproducciones reales o realistas de niños menores de 18 años de edad que se encuentren realizando algunas de las conductas descriptas en el capítulo III (pornografía y exhibiciones obscenas).
Art. : Asimismo será reprimido con multa de $ 50.000 o inhabilitación de 1 mes a 2 años a las empresas que brinden servicios de Internet (I.S.P) y que dentro de las 24 hs. de haber publicado una página WEB que contenga algunas de las conductas descriptas en el párrafo anterior no den de baja a las mismas y no denuncien esta situación a la autoridad correspondiente indicando titular y domicilio de dicha página.

Respecto de la pornografía infantil por Internet, Mondino señala en su proyecto que "el gran problema que se presenta es el vacío normativo que obsta la intervención del Poder Judicial con la finalidad de obtener de los servidores de la red información necesaria para acceder a la identidad de quienes usan sus servicios en función de cometer los ilícitos correspondientes.
Si bien una ley no es suficiente para atacar este flagelo, en este caso otorgaría un marco habilitante para poder intervenir operativamente en el descubrimiento de uno de los modos más ocultos e intrínsecamente perversos de quienes intervienen en el sometimiento de los niños y participan de un sistema criminal internacionalmente organizado".

El Defensor del Pueblo de la Nación agregó que "en el mundo más de un millón de niños cae anualmente en las redes de la industria sexual", actividad que "genera ingresos por varios millones de dólares al año y somete a los menores a la forma de explotación más perversa con daños psicológicos que en la mayoría de los casos son permanentes e irreversibles"

"La Argentina necesita sin demoras una armonización de su legislación con la letra y el espíritu de las normas de la Convención sobre los Derechos del Niño y demás tratados suscriptos" , concluyó Mondino.

Descargue el texto completo del proyecto

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dju / dju
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