La Comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial aprobó un dictamen, que será tratado mañana por el pleno del Consejo, donde se resolvió sustituir el artículo 13, inciso a) del “Reglamento de Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición para la designación de Magistrados del Poder Judicial de la Nación”. Esta norma prevé que los abogados que ejerzan libremente la profesión y que pretendan concursar para cargos de jueces deberán presentar una “constancia del o de los Tribunales de Disciplina de los Colegios de Abogados donde se encontrasen matriculados,
sobre la existencia de causas disciplinarias y sobre su estado o resolución recaída”. En cambio, a los letrados que se desempeñen, o se hubiesen desempeñado, en el Poder Judicial Nacional, Provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el actual reglamento solo les pide una constancia sobre los antecedentes que registre su legajo personal en cuanto a
sanciones disciplinarias que se le hubieran aplicado con indicación de fecha y motivo.
“En la practica esto constituye una diferencia importante”, sostuvo el consejero Fermín Garrote, autor del proyecto aprobado por la Comisión de Selección, “porque los abogados que ejercen la profesión pueden resultar perjudicados en sus antecedentes debido a que se les exige que acrediten si están tramitando causas disciplinarias en su contra, causas que después pueden quedar en la nada, por ser infundadas, por ejemplo. En cambio, a los que trabajaron en el poder judicial solo se les pide que acrediten si fueron o no sancionados”.
La norma proyectada propone, en la nueva redacción que se deberá presentar “constancia del o de los Tribunales de Disciplina de los Colegios de Abogados donde se encontrasen matriculados, sobre las sanciones disciplinarias que se le hubieran aplicado con indicación de fecha y motivo”, con lo que se igualarían los requisitos para todos los postulantes.
“Sin perjuicio de las dificultades que en algunas oportunidades se plantean a los abogados que ejercen libremente su profesión para obtener una certificación sobre causas disciplinarias que se encuentran pendientes de decisión por parte de los colegios en los que están matriculados, resulta conveniente establecer iguales requerimientos para todos los concursantes”, se establece en los fundamentos del dictamen.
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