Los legisladores habían afirmado que Alderete era responsable del no depósito de casi 50.000.000 de pesos retenidos en concepto de aportes previsionales, durante el período comprendido entre octubre de 1998 hasta diciembre de 1999.
A su turno, la AFIP dictaminó que "del cotejo del informe y de la documentación glosada al mismo, no surgiría deudapor aporte previsionales por parte del Instituto". En un segundo informe el organismo recaudador hizo saber que el PAMI sólo registra deuda por contribuciones patronales y no por retenciones, "habiendo sido reconocida tal deuda por el Instituto, habiendo formulado además el mismo acogimiento al decreto 93/00."(moratoria)
Por eso el magistrado trazó una distinción entre las cargas del empleador referidas a los aportes al sistema de la seguridad social, los cuales son parte integrante del salario y propiedad de los trabajadores, de aquellas otras "contribuciones" para el sistema, que constituyen una obligación propia de los empleadores que debe cumplirse "con dinero de su propio peculio".