03 de Julio de 2024
Edición 6998 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 04/07/2024

Igual le dieron perpetua

Un Tribunal Oral en lo criminal consideró como atenuante válido para un imputado de homicidio el haber pasado una infancia en riesgo, con un "mundo familiar desintegrado" y "con ausencia de figuras paternas que impidieron su debida socialización"

 
Este concepto se utilizó en un fallo dictado por un Tribunal Oral en lo criminal de La Plata, por el cual se condenó al homicida de un policía, quien igualmente fue sentenciado a prisión perpetua por las pruebas y agravantes reunidos.

El atenuante utilizado en el juicio oral fue aplicado al imputado Guillermo Sastre por el tribunal oral criminal integrado por los jueces Guillermo Labombarda, Samuel Saraví y Liliana Torrisi, aunque la caratulación final fue la de homicidio en ocasión de robo y no el de homicidio para lograr impunidad, como lo habían solicitado los fiscales de Juicio Javier Guzmán y Jorge Betini.

El tribunal dio por acreditado que Sastre, en compañía de otro sujeto –aún prófugo- irrumpió el 26 de octubre de 1998 en la estación de servicio de 7 y 32 de esta ciudad, disparando cuatro balazos contra el policía Gustavo Teuly, ocasionándole la muerte.

Con posterioridad, Sastre le robó el arma reglamentaria, y fue detenido poco después siendo reconocido por testigos.

En el veredicto se destacan "las particulares características que envolvieron sus etapas infanto-juveniles, en cuanto se desarrollaron en un medio familiar primario desintegrado, con ausencia alternada de las figuras paterna y materna y carencias económicas".

Para el Tribunal ese contexto derivó en un sujeto "afectivamente inmaduro, con tendencia a la implementación de conductas no mediatizadas, escaso compromiso en las relaciones interpersonales y que se maneja con una escala de valores propio que acomoda a sus intereses y beneficio".

El atenuante figuró junto al comúnmente utilizado sobre el buen concepto que gozaba entre sus vecinos, de un barrio del Gran La Plata, aunque no se le computó la falta de antecedentes debido a que el imputado es reincidente.

El tema fue analizado en diálogo con Diariojudicial.com por la directora del Instituto de Derecho del menor del Colegio de Abogados de La Plata, Norma Valle de Ojeda, quien afirmó que “lo importante es que si se aplica este atenuante en otros casos, el imputado a su vez tenga deseos de cambio, que no quede en la nada y no se pierda en las fojas de un expediente”.

La doctora Valle señaló que “no se trata de decir que hay una nueva corriente del derecho, sino que este concepto sigue nada más ni nada menos que la Convención Internacional de los Derechos del Niño y en todo caso las corrientes nuevas no son tanto en materia penal sino en todo lo que es materia de prevención”.

“Como especialista en minoridad considero que la institución del patronato del estado sobre los menores tiene que desaparecer por que se ha demostrado que no sirve”, aseveró.

La letrada indicó que “en este contexto no es tomado de la misma manera el menor que tiene una familia que lo contiene que aquél que está abandonado y en este último caso pierde todo sentido de pertenencia con su mundo por que pasa a ser internado en el 95 por ciento de los casos”.

En ese sentido, agregó que “cuando está internado siente ansias de libertad y se fuga, lo cual no es delito, pero ya hay averiguación de paradero y captura, luego vienen las cadenas de contravenciones y luego delitos más graves, terminando como el imputado de este juicio”.



dju / dju
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