03 de Julio de 2024
Edición 6998 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 04/07/2024

En España opinan igual

Igual que nuestra Corte en un reciente fallo que favoreció al ex presidente Menem, el Tribunal Constitucional español (TC) condenó a una editorial a indemnizar a Isabel Preysler, al entender que se vulneró su derecho a la intimidad.

 
Cuando aún siguen las repercusiones sobre el fallo por el cual la Corte Suprema de Justicia condenó a la Editorial Perfil al pago de 60 mil pesos en concepto de indemnización por daños y perjuicios por haber difundido informaciones sobre un hijo extramatrimonial del ex presidente Carlos Menem, el Tribunal Constitucional español (TC) condenó a la revista “Lecturas” a indemnizar en diez millones de pesetas a Isabel Preysler, ex esposa del cantante Julio Iglesias y personaje del jet set hispano, por un reportaje que publicó el 23 de junio de 1989 y en números posteriores bajo el título “La cara oculta de Isabel Preysler”.

El tribunal consideró que se vulneró el derecho a la intimidad personal y familiar de la demandante. La indemnización debe ser pagada conjuntamente por “Lecturas”, su editora, “El Hogar y la Moda”, y por A.M.S., mujer que había prestado servicios en el hogar de Isabel Preysler.

Así, el TC anula una sentencia del Tribunal Supremo que redujo la indemnización de diez millones de pesetas que fijó la Audiencia Provincial de Barcelona hasta 25.000, "sin valorar las circunstancias del caso y sin utilizar para determinar la gravedad de la lesión el criterio de la difusión, probada en el proceso, de la revista en la que se publicó el reportaje".

La Audiencia Provincial de Barcelona consideró que se había producido una vulneración del derecho a la intimidad, "propiciado por la relación de confianza generada por los servicios prestados en el hogar de la señora Preysler" por A.M.S.

Además, estimó que la intromisión no podía ampararse en el hecho de ser Isabel Preysler una persona famosa o conocida del público, pues "para cualquier persona, sea pública o privada, existe un ámbito especialmente protegido de su intimidad" como es el de la intimidad doméstica.

Criticas al fallo contra la editorial Perfil

Mientras tanto, en nuestro país, juristas y organismos de periodistas criticaron el fallo de la Corte Suprema que condenó a la editorial Perfil a pagar una indemnización al ex presidente Carlos Menem por haber publicado una nota periodística basada en la presunta paternidad de un hijo extramatrimonial del ex jefe del estado.

Recordemos que cinco de los nueve jueces de la Corte Suprema resolvieron el martes que la editorial Perfil debe indemnizar a Menem con 60.000 dólares en concepto de "daños y perjuicios", al considerar que los artículos "invadieron la privacidad" del ex presidente, actualmente procesado y bajo arresto domiciliario, en una causa por contrabando de armas.

La revista Noticias, perteneciente a la editorial Perfil, publicó en noviembre de 1995, una nota realizada a la diputada provincial de Formosa Marta Meza, con quien Menem habría tenido una relación sentimental cuando estuvo detenido en esa provincia en 1979.

Meza denunció amenazas contra ella y su hijo Carlos Nair, que habría nacido de su vinculación con el ex presidente. La señora Meza y su hijo se refugiaron en el Paraguay, de donde retornaron posteriormente.

Menem no negó su relación con Meza ni el nacimiento del supuesto hijo, pero demandó a Perfil considerando que la publicación afectaba su intimidad.

En primera instancia, la demanda de Menem fue rechazada. Pero prosperó en cambio en segunda instancia, con un fallo que condenó a Noticias a pagar una indemnización de 150.000 dólares al ex presidente.

La Corte Suprema confirmó el fallo pero, Respecto del monto indemnizatorio, el Máximo Tribunal rebajó la pretensión de Menem a casi un tercio al destacar que “si bien constituye un factor disuasivo de las conductas ilícitas, también podría convertirse, en caso de exceso, en factor de debilitamiento del desempeño de la prensa responsable”, por lo que dejó establecido que “el monto no debía ser simbólico ni ínfimo, pero tampoco un enriquecimiento sin causa”, por lo que lo redujo a 60 mil pesos.

Por su parte, Horacio Verbitsky, presidente del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y vicepresidente de la Asociación en Defensa del Periodismo Independiente (Periodistas), declaró a la AP que "se trata de un fallo muy grave, porque con el pretexto de preservar la privacidad, castiga la investigación periodística sobre actos públicos de funcionarios públicos". Verbitsky anticipó la decisión de la asociación Periodistas de plantear el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su reunión de noviembre.

Por su parte, Daniel Sabsay, profesor de derecho constitucional en la Universidad de Buenos Aires, declaró que cuando se contraponen dos derechos, "debe privar aquel que satisfaga una necesidad colectiva, contra otro que favorezca una posición individual".

Según Sabsay, los informes sobre el hijo extramatrimonial de Menem "brindaban testimonio sobre la manera de proceder el ex presidente. Está claro que la relación influyó para que (Marta) Meza llegara a ser una diputada, es decir, nada menos que una representante del pueblo" en la provincia de Formosa.

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dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

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