La postura de Guerberoff de defender con fuerza la competencia de la investigación en el fuero, fue luego acompañada por su colega del Ministerio Público Alicia Sustaita, quien actúa ante el juzgado de Julio Speroni, el juez que instruye una causa bastante similar por el tráfico ilegal de pólvora y cañones a Ecuador y a Croacia.
Precisamente, dos altas fuentes en el juzgado de Artabe y en la Cámara en lo Penal Económico adelantaron a este medio que el juez instructor podría llegar a ceder la causa que instruye desde hoy a favor de Speroni, sobre todo si se tiene en cuenta que la investigación que ahora tramita Artabe estuvo empantanada durante la suspensión de Tiscornia e históricamente pasó por la mano de cinco jueces, todo esto sin contar que existen evidentes cuestiones de conexidad.
En diálogo con este medio, uno de los camaristas del fuero Penal Económico –que prefirió mantener el “off the record”- se mostró conforme con los dictámenes de los fiscales, los que calificó como “prudentes” y “muy buenos”, y definió como “clara” la radicación de la causa en los tribunales especializados en lo Penal Económico.
Muy críticos para con la decisión de la Sala II, en la Cámara en lo Penal Económico sostienen que las cuestiones de competencia, que tramitan por incidente según lo establece el Código Procesal Penal de la Nación, no pueden de ninguna manera suspender el procedimiento principal, “y mucho menos cuando hay una persona privada de su libertad esperando una resolución”, argumento que respaldan con antecedentes de la Corte Suprema de Justicia.
En la misma Cámara hacen memoria y recuerdan que en dos oportunidades la Sala II le pidió a Urso que revisara su competencia “en razón de su especialidad”. Además relatan cómo se inició la causa que hoy tramita Speroni, con origen en un juzgado federal de Córdoba que la rechazó por incompetencia territorial y la envió a Urso, quien también negó su competencia –con un dictamen concordante del fiscal Carlos Stornelli-, para terminar finalmente en el fuero Penal Económico.
Otro de los argumentos que esgrimen los camaristas es el de la acumulación de las causas por la gravedad del delito, al hacer hincapié en que la asociación ilícita prevé un máximo de prisión de 10 años, mientras que el contrabando agravado alcanza los doce.
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